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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (03/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Martes 3 de junio de 2025 El Peruano / o gravamen que contenga la partida registral respecto del área afectada del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 6.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección de Gestión Predial, gestione y noti fi que la presente Resolución Jefatural, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 30556 y sus modi fi catorias, requiriendo la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Jefatural, improrrogables, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HE RNÁN YAIPÉN ARÉSTEGUI JefeAutoridad Nacional de Infraestructura ANEXO LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM Código: 2525796-HUAY-PQ4EU-4 0 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADAÁREA AFECTADA: 86.20 m².AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE Por el Norte: Colinda mediante una línea quebrada de 10 tramos comprendidos entre el vértice "A" al vértice "K", con el área remanente del predio matriz inscrito en la partida electrónica Nº 11049870, con una longitud total de 39.97 m. Por el Sur: Colinda mediante una línea quebrada de 4 tramos comprendidos entre el vértice "M" al vértice "A", con la Quebrada Huaycoloro, con una longitud total de 24.66 m. Por el Este: Colinda mediante una línea quebrada de 2 tramos comprendidos entre el vértice "K" al vértice "M", con la Quebrada Huaycoloro, con una longitud total de 15.44 m. Por el Oeste: -COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA – ZONA 18S VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 – ZONA 18 SUR ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 4.58 292874.1721 8673993.2938 B B-C 5.42 292876.7712 8673997.0642 C C-D 2.14 292880.3311 8674001.1562 D D-E 3.28 292881.7695 8674002.7360 E E-F 5.43 292883.8322 8674005.2829 F F-G 5.46 292887.1889 8674009.5535 G G-H 0.73 292890.5839 8674013.8343 H H-I 4.73 292891.0170 8674014.4189 I I-J 5.45 292894.4329 8674017.6914 J J-K 2.75 292898.5119 8674021.3053 K K-L 7.25 292900.6990 8674022.9759 L L-M 8.19 292896.8144 8674016.8575 M M-N 8.16 292892.1185 8674010.1533 N N-O 6.48 292886.6160 8674004.1230 O O-P 6.48 292881.8059 8673999.7829 P P-A 3.54 292876.9115 8673995.5338 TOTAL 80.07 Certificado Registral Inmobiliario con publicidad Nº 2025-2325485, emitido con fecha 07 de abril del 2025, correspondiente a la partida registral Nº 11049870 del Registro de propiedad inmuebles de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral Nº IX – Sede Lima. Con Informe Técnico Nº 142-2024/JRBA de fecha 01 de marzo de 2024 e Informe Técnico Nº 017-2025/JRBA de fecha 06 de mayo de 202 5, ambos suscritos por el Verificador Catastral, Geógrafo Johnny Richard Bustamante Alberco, código Nº 018032VCPZRIX. Con Certificado de Búsqueda Catastral con Publicidad Nº 2023-3815661 emitido con fecha 17 de julio del 2023, con Informe Técnic o Nº 017069-2023-Z.R. Nº IX-SEDE- LIMA/UREG/CAT, emitido por la Oficina Registral de Lima, de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima. 2405468-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan Asesor de la Jefatura del Centro de Formación en Turismo RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000022-2025 -J/CENFOTUR Barranco, 29 de mayo de 2025 VISTOS: El Memorándum N° 000087-2025-J/CENFOTUR emitido por la Jefatura de CENFOTUR y el Informe N° 000303-2025-URRHH/CENFOTUR emitido por la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y Finanzas; y,CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con autonomía académica, económica, fi nanciera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo N° 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certi fi cación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística; Que, mediante Resolución Jefatural N° 043-2023-CENFOTUR de fecha 12 de mayo de 2023, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR); Que, mediante Resolución Ministerial N° 084-2024- MINCETUR de fecha 27 de marzo de 2024, se aprueba el Cuadro para Asignación Provisional - CAP Provisional del Centro de Formación de Turismo - CENFOTUR; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación