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30 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe Nº 077-2025/COE-TPC, del 28 de abril de 2025, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simpli fi cado de entrega de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de violación, regulado en el numeral 2 del artículo 171, en concordancia con el artículo 158 del Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano, en agravio de una persona con identidad reservada; Que, además, sugiere dicha Comisión considerar que la situación jurídica del reclamado puede variar hasta el momento de su entrega, por lo que, en atención a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 512 del Código Procesal Penal, la Autoridad Central deberá veri fi car que no cuente con otros procesos penales pendientes, sentencias condenatorias o requisitorias que sean de conocimiento de las autoridades judiciales peruanas, caso contrario, de acuerdo a lo señalado en el artículo 523-B del referido Código, aquella deberá considerarse aplazada; Que, conforme al literal c), numeral 3 del artículo 517, concordante con el numeral 1) del artículo 522 del Código Procesal Penal, previo a la entrega de la persona requerida, el Estado requirente deberá dar las seguridades que se le computará el tiempo de privación de libertad que ha demandado el trámite de extradición en la República del Perú; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República del Ecuador suscrito el 4 de abril de 2001 y vigente desde el 12 de diciembre de 2002; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo Nº 016- 2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simpli fi cado de entrega del ciudadano ecuatoriano CÉSAR NARCISO PONCE GÓMEZ para ser extraditado de la República del Perú y ser procesado en la República del Ecuador por la presunta comisión del delito de violación, regulado en el numeral 2 del artículo 171, en concordancia con el artículo 158 del Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano, en agravio de una persona con identidad reservada. Artículo 2.- Disponer que, previo a la entrega del requerido, la Autoridad Central deberá veri fi car que no cuente con otros procesos penales pendientes, sentencias condenatorias y requisitorias que sean de conocimiento de las autoridades judiciales peruanas, caso contrario, aquella deberá considerarse aplazada. Artículo 3.- Disponer que, previo a la entrega del requerido, el Estado requirente deberá dar las seguridades que se le computará el tiempo de privación de libertad que ha demandado el trámite de extradición en la República del Perú, conforme a la normativa interna aplicable al caso. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de MinistrosEncargado del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2406442-10Designan Asesora II del Despacho Viceministerial de Justicia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0200-2025-JUS Lima, 4 de junio de 2025 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor/a II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar a la profesional que ocupará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Nancy Rosario Tovar Herrera en el cargo de con fi anza de Asesora II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE ALCANTARA MEDRANO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2406339-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Asesora II de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000218-2025- MIMP-DM Lima, 3 de junio del 2025 VISTOS, el O fi cio N° D000529-2025-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, el Memorándum N° D000387- 2025-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, el Proveído N° D007126-2025-MIMP-SG de la Secretaría General; el Informe N° D000460-2025-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; el Memorándum N° D000809-2025-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° D000486-2025-MIMP-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor/a II de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para