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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (11/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de junio de 2025 El Peruano / JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Delegan facultades a jefes de las Unidades de Línea y Unidades Desconcentradas del PRONACEJ, para suscribir actas de acuerdo interinstitucional con organismos o entidades públicas o privadas RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 000119-2025- PRONACEJ/DE Lince, 10 de junio del 2025 Sumilla : Se resuelve, entre otros, delegar facultades a los jefes de las Unidades de Línea y Unidades Desconcentradas del Programa Nacional de Centros Juveniles, para suscribir actas de acuerdo interinstitucional con organismos o entidades públicas o privadas. VISTOS: El Memorándum N.º 000948-2025- PRONACEJ/DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe Técnico N.º 000025-2025-PRONACEJ/UPPM de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Legal N.º 000152-2025-PRONACEJ/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N.º 006-2019-JUS, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el día 1 de febrero de 2019, se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ), en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de fortalecer la reinserción social de los adolescentes en con fl icto con la ley penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención, tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los centros juveniles, a nivel nacional; Que, mediante la Resolución Ministerial N.º 0185- 2025-JUS, publicada el 30 de mayo de 2025 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se aprobó el Manual de Operaciones (MOP) del PRONACEJ; Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, establece que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos; así como, para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 de la norma antes citada, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, el numeral 101.1 del artículo 100 del Reglamento del Código de Responsabilidad Penal del Adolescente, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2018-JUS, señala que la institución a cargo de los Centros Juveniles puede celebrar convenios y/o acuerdos de cooperación institucional con los representantes de toda institución pública o privada; Que, el artículo 7 en el MOP del PRONACEJ, señala que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del PRONACEJ, ejerce la titularidad y representación legal del Programa. Asimismo, es responsable de planear, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico-administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en Con fl icto con la Ley Penal; Que, asimismo, el literal f) del artículo 8 del MOP del PRONACEJ señala como función de la Dirección Ejecutiva la de promover la articulación interinstitucional e intergubernamental y suscribir en representación del Programa, convenios, contratos u otros documentos análogos, con organismos o entidades públicas o privadas, para el desarrollo de las intervenciones técnicas relacionadas con el funcionamiento u operatividad de los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación y los Servicios de Orientación al Adolescente, informando al Despacho Viceministerial de Justicia, según corresponda; Que, en ese contexto, mediante Memorándum N.º 000948-2025-PRONACEJ/DE, de fecha 3 de junio de 2025, la Dirección Ejecutiva remite a la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el informe legal de la Unidad de Asesoría Jurídica, en el cual concluye que, resulta viable la delegación de facultades a los jefes de las Unidades de Línea y Unidades Desconcentradas de Programa Nacional de Centros Juveniles, para suscribir actas de acuerdo interinstitucional con organismos o entidades públicas o privadas, a fi n que emita opinión técnica; Que, mediante Informe Técnico N.º 000025-2025-PRONACEJ/UPPM, de fecha 6 de junio de 2025, Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable a la delegación de facultades a las unidades de línea y Unidades Desconcentradas para suscribir actas de acuerdo interinstitucional con organismos o entidades públicas o privadas; Que, de acuerdo al Informe Legal N.º 000152-2025-PRONACEJ/UAJ, de fecha 6 de junio de 2025, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que delegación de facultades se encuentra dentro del marco legal vigente; por lo que, resulta viable que la Dirección Ejecutiva del PRONACEJ emita el acto resolutivo mediante el cual delegue facultades a los jefes de las Unidades de Línea y Unidades Desconcentradas del Programa Nacional de Centros Juveniles, para suscribir actas de acuerdo interinstitucional con organismos o entidades públicas o privadas, a fi n de promover la articulación interinstitucional e intergubernamental y el desarrollo de las intervenciones técnicas relacionadas con el funcionamiento u operatividad de los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación y los Servicios de Orientación al Adolescente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal s) del MOP, la Dirección Ejecutiva tiene como función: “Expedir resoluciones ejecutivas en los asuntos que le corresponden, conforme a ley” ; Con los vistos de Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Unidad de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N.º 004-2018-JUS, que aprueba el Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, y sus modi fi catorias; y la Resolución Ministerial N.º 0185- 2025-JUS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar facultades a los jefes de las Unidades de Línea y Unidades Desconcentradas del Programa Nacional de Centros Juveniles, para suscribir actas de acuerdo interinstitucional con organismos o entidades públicas o privadas. Artículo 2.- Precisar que, el procedimiento que regule la formulación, evaluación y aprobación de las actas de acuerdo interinstitucional, materia de la presente delegación de facultades, será aprobado mediante documento normativo por parte de la Dirección Ejecutiva, a propuesta de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Centros Juveniles. Artículo 3.- Remitir la presente resolución a las Unidades de Asesoramiento, Unidades de Apoyo y sus Subunidades, Unidades de Línea y Unidades Desconcentradas del Programa Nacional de Centros Juveniles, para su conocimiento. Se dispone la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” , y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe).