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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (11/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de junio de 2025 El Peruano / VISTOS: El Informe Nº D-000209-2025-ATU/GG-OGRH, de la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe Nº D-000428-2025-ATU/GG-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 064-2025-ATU/PE y recti fi cado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 069-2025-ATU/PE, establecen que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al Gerente General, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento, y de apoyo, así como también a las unidades orgánicas, de ser el caso, así como de emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000113-2024-SERVIR-PE, publicada el día 6 de septiembre de 2024 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión Nº 12-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad de la ATU, que incluye los Cuadros Nº 1, Nº 2 y Nº 4; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece las reglas para su implementación y en su literal b) se señala que el régimen contemplado en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, es de aplicación hasta la culminación del proceso de implementación del régimen de Servicio Civil en cada entidad pública; Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva con Código AIRHSP Nº 004015 de la ATU, puesto considerado de con fi anza, por lo que resulta necesario adoptar las acciones convenientes para garantizar el normal funcionamiento de las labores inherentes a dicho puesto; Que, a través del Informe Nº D-000209-2025-ATU/ GG-OGRH, de fecha 10 de junio de 2025, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos concluye que resulta procedente designar al señor HUGO MARTIN TUPAC YUPANQUI ROCHA en el puesto de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva con Código AIRHSP Nº 004015 de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU; Que, mediante Informe Nº D-000428-2025-ATU/ GG-OAJ, de fecha 10 de junio de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable la designación indicada anteriormente; Contando con el visado de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 064-2025-ATU/PE y recti fi cado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 069-2025-ATU/PE; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Designar al señor HUGO MARTIN TUPAC YUPANQUI ROCHA en el puesto de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva con Código AIRHSP Nº 004015 de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU. Artículo 2 .- Noti fi car la presente resolución al señor HUGO MARTIN TUPAC YUPANQUI ROCHA y a la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu). Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID AUGUSTO HERNÁNDEZ SALAZAR Presidente Ejecutivo 2408299-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Aprueban modificación de licencia institucional de la Universidad Continental RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 0014 -2025- SUNEDU-CD Lima, 10 de junio de 2025VISTOS:La Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) presentada el 15 de mayo de 2024 por la Universidad Continental (en adelante, Universidad) a la que se le asignó el Expediente N° 2024EXT0000017223-SUNEDU, el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 00004-2025-SUNEDU- DS-DIRESESU-UVE del 29 de mayo de 2025 (en adelante, ITML) de la Unidad de Veri fi cación del Servicio Educativo Superior Universitario (en adelante, UVE), el Memorando N° 00451-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU del 30 de mayo de 2025 de la Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario; y, el Informe N° 0424-2025-SUNEDU-SG-OAJ del 2 de junio de 2025 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:1. Antecedentes normativosDe acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria y sus modi fi catorias (en adelante, Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. Los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la Ley Universitaria establecen que la Sunedu, a través de su Consejo Directivo, es competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades y fi liales. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 006-2015-SUNEDU/CD, se aprueba el “Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano”; el mismo que comprende la Matriz de CBC exigibles al procedimiento de modi fi cación de licencia institucional. Con Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, se aprueba las “Medidas de Simpli fi cación Administrativa” y el “Reglamento del