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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (26/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Jueves 26 de junio de 2025 El Peruano / SOLES), de los cuales corresponde al destino sectores económicos y sectores sociales, hasta la suma de S/ 1 500 000 000,00 (MIL QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES); Q ue, como resultado de la reasignación entre los montos de endeudamiento interno y externo, efectuada en el marco de la autorización establecida en el numeral 3.3 del artículo 3 de la referida Ley Nº 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, el monto autorizado para acordar operaciones de endeudamiento interno es de hasta S/ 15 869 311 283,00 (QUINCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), de los cuales corresponde destinar a sectores económicos y sectores sociales la suma de S/ 3 370 000 000,00 (TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acuerda una operación de endeudamiento interno, mediante la emisión de bonos soberanos, hasta por la suma de S/ 470 013 164,00 (CUATROCIENTOS SETENTA MILLONES TRECE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), destinada a fi nanciar parcialmente diecisiete (17) proyectos de inversión, cuya ejecución está a cargo del Gobierno Regional de Cusco; Que, la mencionada operación de endeudamiento interno se efectúa con cargo al monto destinado a sectores económicos y sectores sociales, establecido en el inciso 1 del numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley Nº 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, por otro lado, la citada operación de endeudamiento interno se encuentra dentro de los alcances de lo establecido en el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; Que, en concordancia con lo establecido en el numeral 75.2 del artículo 75 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y en el literal b) del numeral 8.2 del artículo 8 de la Directiva Nº 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 015-2019-EF/52.01, la Subgerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Cusco, mediante el Informe Nº 531-2025-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, comunica la previsión de los recursos correspondientes a la contrapartida requerida por esta operación de endeudamiento para el presente año y para los años posteriores; Que, conforme a lo señalado en el Informe Técnico Nº 208-2025-GR CUSCO/GRPPM-SGPMI de la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones del citado Gobierno Regional, los diecisiete (17) proyectos de inversión se encuentran viables, activos y registrados en el Programa Multianual de Inversiones 2025-2027 del Gobierno Regional de Cusco; asimismo, los mismos se encuentran dentro de los criterios de priorización, y están alineados con los objetivos priorizados y metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios; Que, en tal sentido, la referida operación de endeudamiento interno cumple con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, en la Directiva Nº 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 015-2019-EF/52.01, y en la D irectiva Nº 001- 2024-CG/VSCT “Informe Previo sobre las operaciones que comprometan el crédito o capacidad fi nanciera del Estado”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 063-2024-CG; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento interno, en aplicación del literal l) del artículo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; en la Ley Nº 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en la Ley Nº 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32316, Ley que fortalece el turismo en los gobiernos locales y gobiernos regionales, priorizando el mejoramiento de su infraestructura en el marco de los planes de desarrollo turístico; en la Directiva Nº 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 015-2019-EF/52.01; y, en la Directiva Nº 001-2024-CG/VCST, “Informe Previo sobre las operaciones que comprometan el crédito o capacidad fi nanciera del Estado”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 063-2024-CG; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación y condiciones de la operación de endeudamiento interno 1.1 Aprobar la operación de endeudamiento interno, hasta por la suma de S/ 470 013 164,00 (CUATROCIENTOS SETENTA MILLONES TRECE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), destinada a fi nanciar parcialmente diecisiete (17) proyectos de inversión, cuya ejecución está a cargo del Gobierno Regional de Cusco, de acuerdo con el siguiente detalle: (En Soles) Nº CUI NOMBRE DEL PROYECTO DE INVERSIÓN MONTO (S/) 1 2156206 Instalación del Sistema de riego quisco - Distrito de Alto Pichigua - Provincia Espinar – Cusco 64,085,244 2 2270682Mejoramiento y ampliación del Servicio de Agua para riego en los Sectores del Río Versalles, entre Santa Elena, retiro del Carmen, Tirijuay, Arenal E Ipal, Distritos de Ocobamba y Yanatile, Provincias de La Convención y Calca, Región Cusco27,725,867 3 2046089Mejoramiento de la Infraestructura de riego mayor Pallallaje en las Comunidades Campesinas de Urinsaya y Queroccollana, Distrito Coporaque, Provincia Espinar12,199,094 4 2491244Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad Vial Interurbana, en la Vía Vecinal CU 902 - Tramo CCPPS Huarocondo y Zurite, en los Distritos de Huarocondo y Zurite de la Provincia de Anta - Departamento de Cusco12,709,118 5 2509015Recuperación del Servicio ecosistémico de regulación hídrica en las Microcuencas de Toccohuanca, Llancama, Llanquemayo, Taucabamba y Miskahuaycco de la Cuenca Media del Apurimac – en los Distritos de Paruro, Omacha, Pillpinto y Chinchaypujio en las Provincias de Anta y Paruro del Departamento de Cusco22,875,379 6 2473003Mejoramiento de la transitabilidad vehicular de la Carretera Paucartambo – Abra Acjanacu, en los tramos: Paucartambo (Desvío CU 113) – Llaychu – Kapachi (EMP CU – 989), Kapachi (EMP CU – 989) – Sunchubamba – Jajahuana – Challabamba- Desvío CU 990, EMP. CU-989 (Challabamba) – EMP CU- 113 (Abra Acjanacu), en los Distritos de Paucartambo y Challabamba de la Provincia de Paucartambo - Departamento de Cusco48,189,663