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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2025 (06/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 6 de marzo de 2025 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Crean el Grupo de Trabajo para la actualización de la Norma Técnica E.060 Concreto Armado del Reglamento Nacional de Edificaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2025- VIVIENDA Lima, 4 de marzo de 2025VISTOS:La Nota Nº 083-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS); el Memorándum Nº 328-2025-VIVIENDA/SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe Nº 0199-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, precisando que, para otras funciones distintas a las precitadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, asimismo, el artículo 3 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señala que los sectores, entre ellos construcción, comprenden a las instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, así como a las personas naturales que realizan actividades vinculadas al ámbito de competencia del citado Ministerio; Que, los artículos 5 y 6 de la precitada Ley, establecen que este Ministerio tiene competencias, entre otras materias, en vivienda, construcción, urbanismo y desarrollo urbano; y es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, conforme a los numerales 28.1 y 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM (en adelante, Lineamientos), los grupos de trabajo sectoriales y multisectoriales son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual dependen; correspondiendo a la O fi cina General de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, validar la legalidad y sustento técnico para su creación, respectivamente; Que, el segundo párrafo del numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos, dispone que pueden participar en calidad de integrantes del Grupo de Trabajo representantes de otros poderes del Estado, niveles de gobierno y organismos constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; así como representantes acreditados de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, siempre que su participación se vincule y contribuya al objeto del Grupo de Trabajo; la resolución ministerial que aprueba la creación de un Grupo de Trabajo, cuya conformación incluya representantes de más de un sector o que no forman parte del Poder Ejecutivo, contiene un considerando en el que se precisa que se cuenta con el consentimiento de las entidades públicas o privadas representadas en el Grupo de Trabajo; Que, por el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, se aprueba, entre otras, la Norma Técnica E.060 Concreto Armado del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, posteriormente modi fi cada a través del Decreto Supremo Nº 010-2009-VIVIENDA; la cual fi ja los requisitos y exigencias mínimas para el análisis, el diseño, los materiales, la construcción, el control de calidad y la supervisión de estructuras de concreto armado, preesforzado y simple; Que, en el marco de las normas citadas precedentemente y mediante la Nota Nº 083-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, que contiene el Informe Nº 060-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, la DGPRCS sustenta y propone la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la actualización de la Norma Técnica E.060 Concreto Armado del Reglamento Nacional de Edi fi caciones”, ante la necesidad de formular la propuesta de actualización de la mencionada Norma Técnica; asimismo, señala que cuenta con el consentimiento de las entidades públicas o privadas representadas en el Grupo de Trabajo Multisectorial y de los profesionales especializados que lo integran; Que, con el Memorándum Nº 328-2025-VIVIENDA/ OGPP, la OGPP, en atención a los Informes Nº 00059-2024-VIVIENDA/OGPP-OPM de su O fi cina de Planeamiento y Modernización y Nº 134-2025-VIVIENDA/OGPP/OP de su O fi cina de Presupuesto, emite opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial propuesto por la DGPRCS; Que, a través del Informe Nº 0199-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la actualización de la Norma Técnica E.060 Concreto Armado del Reglamento Nacional de Edi fi caciones”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y modi fi catorias; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modi fi catoria; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la actualización de la Norma Técnica E.060 Concreto Armado del Reglamento Nacional de Edifi caciones” (en adelante, Grupo de Trabajo). Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto la elaboración de la propuesta de actualización de la Norma Técnica E.060 Concreto Armado del Reglamento Nacional de Edifi caciones. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo3.1 El Grupo de Trabajo está conformado por los siguientes integrantes: