TEXTO PAGINA: 25
25 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de marzo de 2025 El Peruano / crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres o personas con discapacidad, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata, intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) con pertinencia social, cultural y lingüística; Que, el literal a) del inciso 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, entre otras, las transferencias fi nancieras, que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, a favor de gobiernos locales, estableciendo en el inciso 13.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 000037- 2024-MTPE/3/24.1, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral, señala, sobre la modalidad de Intervención 2 – Por emergencias, desastre o peligro inminente, que: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de subempleo y desempleo, por emergencias, desastre natural o peligro inminente, derivado de un fenómeno natural, o inducido por la acción humana, en los distritos declarados en emergencia mediante Decreto Supremo o Resolución Ministerial, mediante la generación de empleo temporal, a través de la ejecución de proyectos de inversión y/o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC), que permita contribuir a la mejora de las condiciones socioeconómicas de las personas con probable afectación o damni fi cadas o afectadas directa o indirectamente. En esta modalidad de intervención, las Directivas para el fi nanciamiento de intervenciones (actividades de intervención inmediata y proyectos de inversión), se aprueban y publican cuando se encuentren vigentes los dispositivos legales antes mencionados. La vigencia de tales normas, no limita la continuidad de las intervenciones del Programa para el cumplimiento del objetivo del Programa, de acuerdo a las acciones de rehabilitación y reconstrucción, en el marco de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD). Bajo esta modalidad, el Programa podrá fi nanciar y/o co fi nanciar proyectos de inversión y/o actividades de intervención inmediata, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal o la asignación de recursos adicionales; asimismo, las disposiciones especí fi cas, ámbito de intervención, y otros, de corresponder, serán establecidos en los documentos técnico - normativos que apruebe el Programa.”; Que, mediante Decretos Supremos Nº 114-2024- PCM, Nº 117-2024-PCM y Nº 125-2024-PCM; y Decretos Supremos Nº 007-2025-PCM y Nº 008-2025-PCM, se declaran en estado de emergencia por peligro inminente ante contaminación hídrica, dé fi cit hídrico, intensas precipitaciones pluviales y colapso del sistema de alcantarillado, a cuatrocientos un (401) distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martin y Tacna; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000026- 2025-MTPE/3/24.1, modi fi cada con Resolución Directoral Nº 000044-2025-MTPE/3/24.1, se aprueba la Directiva Nº 0003-2025-MTPE/3/24.1 denominada “Directiva que regula el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el marco de los Decretos Supremos Nºs. 114, 117 y 125-2024-PCM y modi fi catorias; y decretos supremos Nºs. 007 y 008-2025-PCM, que declaran el estado de emergencia por peligro inminente ante contaminación hídrica, dé fi cit hídrico, intensas precipitaciones pluviales y colapso del sistema de alcantarillado” ;Que, mediante Resolución Directoral Nº 000046-2025- MTPE/3/24.1, se aprueba el “Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-84), en el marco de los Decretos Supremos Nºs. 114, 117 y 125-2024PCM y modi fi catorias; y Decretos Supremos Nºs. 007 y 008-2025- PCM, que declaran el estado de emergencia por peligro inminente ante contaminación hídrica, dé fi cit hídrico, intensas precipitaciones pluviales y colapso del sistema de alcantarillado” , del cual forman parte, ciento cincuenta y un (151) actividades de Intervención Inmediata, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 26 670 605,00 (VEINTISÉIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), que podrían generar un estimado de 8,009 (ocho mil nueve) empleos temporales; Que, mediante O fi cio Nº 000523-2025-MTPE/3/24.1, la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 26 670 605,00 (VEINTISÉIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), para el pago del aporte total del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en favor de organismos ejecutores públicos con quienes se han suscrito ciento cincuenta y un (151) convenios, con el objeto de fi nanciar la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata (AII-84), en los distritos que se enmarcan en los Decretos Supremos Nº 114-2024-PCM, Nº 117-2024-PCM y Nº 125-2024- PCM; y Decretos Supremos Nº 007-2025-PCM y Nº 008-2025-PCM, con lo cual, se estima generar 8,009 (ocho mil nueve) empleos temporales; para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes que sustentan dicha transferencia; Que, mediante Memorándum Nº 000284-2025- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 000138-2025-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante la Hoja de Elevación Nº 000222-2025-MTPE/4/8 hace suyo el Informe Nº 000023-2025-MTPE/4/8-IGF que contiene la opinión legal favorable sobre la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y la Resolución Ministerial Nº 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público con quienes se han suscrito ciento cincuenta y un (151) convenios con el objeto de fi nanciar la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata (AII-84), en los distritos priorizados que se enmarcan en los Decretos Supremos Nº 114-2024- PCM, Nº 117-2024-PCM y Nº 125-2024-PCM; y Decretos Supremos Nº 007-2025-PCM y Nº 008-2025-PCM, por el importe total de S/ 26 670 605,00 (VEINTISÉIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” realice la supervisión, seguimiento, control, monitoreo y veri fi cación del