TEXTO PAGINA: 37
37 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de marzo de 2025 El Peruano / Designan Presidente de la Sala Suprema de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 002-2025-FMP/CE/SG Lima, 18 de febrero de 2025 VISTO: El Acta N° 002-2025 del 23 de enero 2025 del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, el Memorándum N° 141-2025-FMP/SG del 18 de febrero 2025 del Secretario General del Fuero Militar Policial, y el Informe Legal N° 037-2025-FMP/OAJ del 18 de febrero 2025 del Jefe (e) de la O fi cina de Asesoria Legal del Fuero Militar Policial. CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, en el artículo I de su Título Preliminar, establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano jurisdiccional autónomo, independiente e imparcial; Que, el artículo 5° de la citada Ley, establece que el Consejo Ejecutivo es el máximo órgano de gobierno y administración del Fuero Militar Policial; Que, el artículo 9° de la citada Ley, establece que la Sala Suprema de Guerra, esta conformada por cuatro (4) Vocales Supremos, todos O fi ciales Generales o Almirantes en situación de actividad, de los cuales habrá un Vocal por cada instituto de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional”; Que, mediante Acta de Sala Plena del Tribunal Supremo Militar Policial del 16 de enero 2024, se designo al señor Contralmirante CJ Luis Miguel GUTIERREZ SOTELO, como Presidente de la Sala Suprema de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial; Que, mediante el Acta N° 002-2025-FMP/CE/P del 23 de enero 2025, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, designó por mayoría al General de Brigada Enrique Odorcio HILARIO CHAMBERGO, en el cargo de Presidente de la Sala Suprema de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial; Que, mediante Resolución Administrativa N° 065- 2022-FMP/CE/SG del 29 de agosto 2022, se aprobó las modi fi caciones del Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, la cual en su artículo 8° dentro de las Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece en su numeral “10. Emitir resoluciones relativas a sus funciones”; A lo solicitado por el Secretario General del Fuero Militar Policial, y lo opinado por el Jefe (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial. SE RESUELVE:Artículo 1°.- DEROGAR la Resolución Administrativa N° 002-2024-FMP/TS/SG del 16 de enero 2024 que designó al señor Contralmirante CJ Luis Miguel GUTIERREZ SOTELO, como Presidente de la Sala Suprema de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial. Artículo 2°.- DESIGNAR al señor General de Brigada Enrique Odorcio HILARIO CHAMBERGO, en el cargo de Presidente de la Sala Suprema de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/fmp), en el Portal de Transparencia Estándar, y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese.ARTURO ANTONIO GILES FERRER Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 2378842-1Designan Contadora General del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 002-2025-FMP/P Lima, 6 de enero de 2025VISTO: El O fi cio N° 686-2024-FMP/DE del 31 de diciembre 2024 del Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, el Informe de Cumplimiento N° 030-2024-FMP/DE/DIR. RRHH del 27 de diciembre 2024 del Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, y el Informe Legal N° 002-2025-FMP/OAJ del 06 de enero 2025 del Jefe (e) de la Ofi cina de Asesoria Legal del Fuero Militar Policial. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano jurisdiccional autónomo, independiente e imparcial; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial”, modi fi cado por Resolución Administrativa N° 065-2022-FMP/CE/SG, en su artículo 8°.- Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece numeral ”8) Disponer la contratación y remoción del personal de funcionarios, servidores y personal de confi anza, con arreglo a la normativa sobre la materia”, entre otros; Que, la Ley N° 31419 “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y Directivos de libre designación y remoción”, establece: “Artículo 1°.- Objeto de la ley.- La presente ley tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función”; Que, el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, con el O fi cio N° 686-2024-FMP/DE del 31 de diciembre 2024, en atención a la evaluación formulada por la Dirección de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, del currículum de la señora CPC Karin Teresa RAMIREZ CHINARRO, para el cargo de con fi anza de Contadora General del Fuero Militar Policial, solicita la evaluación correspondiente; Que, el Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, con el Informe de Cumplimiento N° 030- 2024-FMP/DE/DIR.RRHH del 27 de diciembre 2024, concluye que según lo declarado en la Hoja de Vida documentada, que la señora Contadora Pública Colegiada Karin Teresa RAMIREZ CHINARRO, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 14° numeral 14.3 del Reglamento de la Ley N° 31419, y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública; recomendado que de acuerdo al numeral 28.4 del artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, se continúe con el trámite para la emisión de la Resolución de designación del personal propuesto en el cargo de Contadora General del Fuero Militar Policial; Que, el Reglamento de la Ley N° 31419 es aprobada por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM de fecha 18 de mayo2022, establece: Artículo 2°, responsabilidades. 2.1. Las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en la entidades públicas, son responsables de veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción. 2.2. Los funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, tiene la obligación de presentar previo a su designación o en el marco de la adecuación al presente reglamento, la información que acredite el cumplimiento de los requisitos para el acceso a dichos cargos o puestos; Que, mediante Resolución Administrativa N° 065- 2022-FMP/CE/SG del 29 de agosto 2022 se aprobo