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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2025 (19/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de marzo de 2025 El Peruano / de emisión de la presente Resolución Directoral, La Empresa no registra nulidad o sanción de cancelación y/o inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi ca que La Empresa cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo – CITV Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. Arequipa Nº 601, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, en el marco de lo establecido en el procedimiento “DCV 022: Autorización para funcionamiento como centro de inspección técnica vehicular fi jo – CITV Fijo” del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 del Reglamento y normas complementarias; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe Nº 0065- 2025-MTC/17.03.01, resulta procedente emitir el presente acto administrativo; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; la Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR a la empresa POLICLINICO ALTISIMA VIRGEN DE CHAPI S.A.C., identi fi cada con RUC Nº 20608166981, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo – CITV Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, por el plazo de cinco (05) años, en el local ubicado en Av. Arequipa Nº 601, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa. Artículo 2.- La empresa POLICLINICO ALTISIMA VIRGEN DE CHAPI S.A.C., debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, sus modi fi catorias y normas complementarias. Artículo 3.- ACREDITAR en la nómina del personal, a las siguientes personas propuestas por la empresa POLICLINICO ALTISIMA VIRGEN DE CHAPI S.A.C., para la operación del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV: Relación de Personal acreditado para la operación de CITV NOMBRES Y APELLIDOS CARGO EDWIN LUIS MOGROVEJO BERNEDOINGENIERO SUPERVISOR TITULAR JHAMPIER KEVIN RIVEROS FERNANDEZINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE JOHN ROBERT BUSTAMANTE AQUINO INSPECTOR EDUARDO NAHYT CHOQUE PARIAPAZA LUIS ALBERTO MACHACA PUMA Artículo 4.- Establecer que la empresa POLICLINICO ALTISIMA VIRGEN DE CHAPI S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:ACTO FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza 09 de enero de 2026 Segunda renovación o contratación de nueva póliza09 de enero de 2027 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 09 de enero de 2028 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 09 de enero de 2029 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 09 de enero de 2030 Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fi scalización, en el marco de sus competencias. Artículo 7.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa POLICLINICO ALTISIMA VIRGEN DE CHAPI S.A.C., en el domicilio ubicado en Av. Arequipa Nº 601, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa y/o correo electrónico: contadina19@hotmail.com Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA Director Dirección de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 2380591-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto S.A., para el financiamiento de diversas actividades RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 080-2025- VIVIENDA Lima, 18 de marzo de 2025VISTOS:La Nota N° 083-2025/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/0.1.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Memorándum N° 350-2025-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 145-2025-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° 0197-2025-VIVIENDA/SG- OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, mediante la Resolución Ministerial N° 477-2024-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 225 119 825,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento;