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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2025 (19/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de marzo de 2025 El Peruano / del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN”, mediante la cual establece lineamientos generales acerca de los participantes en el ciclo de planeamiento estratégico. Sexto. Que, dentro del marco de la Directiva antes mencionada, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Ejecutivo Directiva N° 055-2024/CEPLAN/ PCD 3, se aprobó la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual en su Capítulo 1, denominado consideraciones para el proceso de planeamiento institucional, establece que: “El titular de la entidad conforma y designa a través del documento administrativo que corresponda, el Grupo de Trabajo bajo su liderazgo; en este grupo de trabajo participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad. De considerarlo necesario, la entidad podrá conformar un equipo técnico integrado por representantes de los miembros del grupo de trabajo. El Grupo de Trabajo puede modi fi car su conformación, principalmente, cuando haya cambios en la estructura organizacional”. Sétimo. Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0056-2024-CEPLAN/PCD, se aprobó la “Guía para el Seguimiento y Evaluación de Políticas Naciones y Planes del Sinaplan”, que tiene como fi nalidad establecer las orientaciones generales para que las entidades del Sistema de Nacional de Planeamiento Estratégico puedan desarrollar el seguimiento y evaluación de sus políticas y planes, en concordancia con la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Octavo. Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00101-2024/CEPLAN/PCD 4, se modi fi có la Directiva General de Planeamiento Estratégico y la Guía de Planeamiento Estratégico Institucional y dispuso nuevos lineamientos respecto al proceso del seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes, y dispone la conformación del Grupo de Trabajo para el planeamiento institucional, en reemplazo de la Comisión de Planeamiento Estratégico. Noveno. Que, estando al nuevo marco normativo y al Comunicado N° 020-2024-/CEPLAN, la Subgerencia de Planes y Presupuesto de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, propone conformar el “Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial” para el periodo 2025-2026; así como conformar un Equipo Técnico de Trabajo de Planeamiento Estratégico en cada Corte Superior de Justicia. Décimo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 374-2025 de la décima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 5 de marzo de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 000537-2023-CE-PJ que constituyó a la Comisión de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial y conformar el Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial, que estará integrada por: • El (la) Titular del Pliego Poder Judicial, o su representante, quien la presidirá designado por el (la) Titular. • Un (1) Juez(a) Supremo representante de la Corte Suprema y su alterno /a. • Un (1) Juez (a) Consejero representante del Consejo Ejecutivo y su alterno /a.• El/ (la) Jefe de Gabinete de Asesores o su representante. • El/ (la) Gerente General del Poder Judicial y, como alterno, el(la) Gerente(a) de Modernización, Planeamiento y Presupuesto. El Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico y el Equipo Técnico de Trabajo de Planeamiento Estratégico se constituyen como la máxima instancia del planeamiento estratégico del Poder Judicial para el periodo 2025-2026. Asimismo, el Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial, tiene las siguientes funciones 5: a) Determinar el plan de trabajo para elaborar o actualizar el Plan Estratégico Institucional o política cuando se requiera. b) Priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales - OEI, Acciones Estratégicas Institucionales - AEI y Actividades Operativas e Inversiones en la fase de formulación o actualización del PEI. c) Validar el documento del Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional en su fase de formulación o actualización. d) Convocar a través de la Secretaría Técnica a los integrantes del Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial y al Equipo Técnico de Trabajo de Planeamiento Estratégico a reuniones de trabajo en la fase de formulación o actualización del Plan Estratégico Institucional o política, cuando se requiera. e) Identi fi car a los integrantes del Equipo Técnico u otros integrantes expertos que aporten en el proceso de formulación o actualización del PEI en coordinación con el órgano de planeamiento. f) Realizar coordinaciones interinstitucionales, en virtud de los convenios suscritos y que estén dentro de su competencia. Artículo Segundo.- La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico está a cargo de el/la Subgerente de Planes y Presupuesto de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto o el/la Subgerente de Planeamiento de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto hasta su implementación. De acuerdo a lo señalado, la Secretaria Técnica tiene las siguientes funciones: a) Solicitar a través de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la convocatoria de los representantes para la conformación del Equipo Técnico cuando sea necesario en coordinación con el Grupo de Trabajo. b) Presentar el cronograma de trabajo para la formulación o actualización del PEI para la aprobación del Grupo de Trabajo. c) Poner en conocimiento del Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico la formulación o actualización del POI. d) Realizar las acciones de coordinación con el órgano rector en materia de planeamiento estratégico para efectos de revisión y validación técnica, cuando se presenten las propuestas de actualización o modi fi cación del PEI. e) Convocar a reuniones de trabajo a otros funcionarios de las unidades orgánicas del Pliego Poder Judicial durante la fase de formulación o actualización del PEI. f) Consolidar y remitir la validación de entregables elaborados por los Equipos Técnicos de Planeamiento Estratégico en las Fases de formulación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y presentarlo ante el Grupo de Trabajo para su debate, previo a la presentación ante CEPLAN. g) Aprobar mediante fi rma digital o manuscrita los Reportes de Seguimiento del POI y PEI y el Informe de Evaluación Institucional PEI-POI Semestral y Anual y gestionar su publicación en el Portal de Transparencia Estándar. h) Remitir el informe de evaluación al Titular del Poder Judicial para su conocimiento. i) Difundir los avances y realizar las acciones de capacitación para el fortalecimiento de los integrantes del