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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2025 (19/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de marzo de 2025 El Peruano / VISTOS: El O fi cio N° 526-2025-EF/13.01 de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas; el Informe N° 000063-2025-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; el Memorando N° 000053-2025-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Legal N° 000121-2025-SERVIR-GG-OAJ y la Hoja Informativa N° 000044-2025-SERVIR-GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; teniendo por fi nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057, crea el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, como un instrumento de gestión que reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal - CAP y al Presupuesto Analítico de Personal - PAP, indicando que el CPE de cada entidad se aprueba mediante resolución del Consejo Directivo de SERVIR, con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF; Que, el artículo 128 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, precisa que el CPE es el instrumento de gestión en donde las entidades establecen los puestos, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre otra información. Asimismo, establece que en la aprobación del CPE, SERVIR es responsable de dar la conformidad sobre los aspectos relacionados al número de puestos y posiciones de cada entidad, y sus modi fi caciones; mientras que el MEF es responsable de validar la asignación presupuestal para los puestos aprobados; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000017-2024-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en la Sesión N° 002-2024-CD, mediante el cual se aprueba la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad”; cuyo objetivo es establecer los criterios técnicos para el diseño y estructura de puestos y posiciones, así como la metodología y procedimientos necesarios para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del CPE, en el marco del proceso de tránsito al régimen de la Ley N° 30057 que las entidades públicas tienen que seguir para implementar el citado régimen laboral; Que, el numeral 25.6 del artículo 25 de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, establece que la propuesta de CPE con el informe de opinión favorable del MEF conlleva a que la Gerencia de Desarrollo del Editora Perú www.editoraperu.com.peUNA EMPRESA PERUANA QUETE CONECTACON EL MUNDO (O'LDULR2ͤFLDOFXHQWD FRQ&XHUSR1RWLFLRVR HO%ROHW¯Q2ͤFLDO\OD VHSDUDWDGH1RUPDV /HJDOHV ,QIRUPDFLµQQRWLFLRVD HVSHFLDOHVYLGHRV SRGFDVW\FDQDORQOLQH 7UDQVIRUPDPRVWXV SUR\HFWRVGHLPSUHVLµQ JU£ͤFDHQSURGXFWRV GHFDOLGDG $Y$OIRQVR8JDUWH1r/LPD&HQWUDO7HOHIµQLFD  996 410 162 915 248 092 YHQWDSXEOLFLGDG#HGLWRUDSHUXFRPSHCONTACTO COMERCIAL