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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2025 (09/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Viernes 9 de mayo de 2025 El Peruano / POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Mazamari en Sesión Ordinaria de Concejo Nº06, de fecha 28 marzo del 2025, aprobó el RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVOS (RAISA) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUISA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAZAMARI, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 30305, señala que “Las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local tiene autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia(…)”, lo que debe ser concordado con lo dispuesto por el Artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales que especi fi ca que; “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. En ese sentido la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, establece que el concejo municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo; Que, la misma Ley acotada en su Artículo 40º relacionadas a las Ordenanzas, señala; “Las ordenanzas de la municipalidad es provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, lo artículos 46º y 49º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, disponen que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento conlleva la aplicación de sanciones, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar, siendo que mediante ordenanza se determina el régimen de sanciones administrativas, por la infracción a sus disposiciones estableciendo escalas de multa en función de la gravedad de las alta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias y así mismo que las sanciones que aplica la autoridad municipal podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias , clausura, decomisos, retención de productos y mobiliarios, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otros; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General (sistematiza la Ley Nº 27444 y el Decreto Legislativo Nº 1272), en el título IV, Capítulo III, Disciplina el Procedimiento Administrado Sancionador de las entidades para establecer infracciones Administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados; Que, conforme a la norma antes citada, el procedimiento administrativo sancionador, por el cual se impone sanciones a aquellas personas que sesionen o vulneran las normas, ordenanzas municipales o para el caso de gobierno locales, leyes que establezcan infracciones cuya sanción se encuentre reservada a estos; deberá observar el respeto irrestricto de los derechos y garantías establecidas, para la cual se requiere de un procedimiento garantista , en el cual el poder jurídico que permite castigar a los administrados , sea resultado de un procedimiento que cumpla las garantías previstas para imposición de una sanción administrativa;Que, mediante Informe Nº 005-2025-OPM/OGPP/ MDM de fecha 20 de marzo del 2025, la Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Modernización CPC Kelly Huillcamisa Yauyo, remite a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la propuesta de Ordenanza Municipal sobre el Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Mazamari; Que, mediante Informe Nº 209-2025-OGPP/MDM, de fecha 21 de marzo del 2025, la Jefa de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Mag. Ruth Carmen De La Cruz Alanya, emite opinión favorable y viabilidad al proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Mazamari; Que, mediante Informe Legal Nº 092-2025-OGAJ/ MDM, de fecha 25 de marzo de 2025 el Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica Abg. Marino Pineda Fidel, declara procedente y viable la tramitación del proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Mazamari; Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº046- 2025-CM/MDM de fecha 28 de marzo del 2025, acuerda aprobar la Ordenanza Municipal Nº 004-2025-CM/MDM, que aprueba el Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Mazamari; Que, estando al Acta de Sesión de vistos, hechas las deliberaciones y habiéndose aprobado por UNANIMIDAD por el Concejo Municipal, y a la dispensa de la Lectura y aprobación del acta; y de conformidad a lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVOS (RAISA) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUISA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAZAMARI. Artículo Primero.- APROBAR el Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Mazamari, que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, establezca las normas reglamentarias y de aplicación de la presente ordenanza, de ser necesarias. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Desarrollo Territorial y Urbano, Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental, Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Mazamari, así como a las Sub Gerencias que, por función, participan como autoridad dentro del Procedimiento Administrativo Sancionador. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el diario O fi cial “El Peruano” y, la Ordenanza con su respectivo anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de Mazamari ww.gob.pe/munimazamari, en la misma fecha de publicación del Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JHONY R. APOLINARIO CASO Alcalde 2394506-1