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84 NORMAS LEGALES Viernes 9 de mayo de 2025 El Peruano / DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al mes de mayo 2025, conforme se detalla a continuación: Día 30 de mayo de 2025 Hora Desde las 10:00 am Lugar Auditorio Municipal Artículo Segundo.- ESTABLECER el cronograma de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al mes de mayo 2025, el mismo que a continuación se detalla: ACTIVIDAD FECHA Difusión y convocatoria Del 20 al 26 de mayo 2025 Inscripción y registro de participantes- Gerencia de Participación Vecinal de 08.00 horas a 17.00 horasDel 20 al 26 de mayo 2025 Inscripción y registro de participantes para el uso de la palabra - Gerencia de Participación Vecinal de 08.00 horas a 17.00 horasDel 20 al 26 de mayo 2025 Publicación de inscritos- https://www. gob.pe/munisanmartindeporres28 de mayo 2025 Artículo Tercero.- ESTABLECER los Lineamientos para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, de acuerdo a lo que estipula la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, modi fi cada por la Ley Nº 31433, incorporando el artículo 119-A sobre Audiencias Públicas Municipales. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás Órganos en Línea, la difusión y cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres (www.gob.pe/munisanmartindeporres). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA Alcalde 2397066-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Municipal que aprueba la Nomenclatura Vial del Asentamiento Humano Centenario ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2025/MPC Callao, 29 de abril de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAOVISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 011-2025-MPC-SR-COPODUN de fecha 14 de marzo de 2025 de la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura, y sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9 numeral 8) de la Ley N° 27972, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, entre otras atribuciones, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, de acuerdo a lo indicado en el numeral 1.4.5 del artículo 79 de la Ley N° 27972, son funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar la regulación provincial respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fi scalización, así como del saneamiento de la propiedad predial, de cumplimiento de las municipalidades distritales, en las materias reguladas por los planes antes mencionados, de acuerdo con las normas técnicas de la materia, sobre: Nomenclatura de calles, parques y vías; Que, el artículo 1 del Reglamento de Nomenclatura Vial y Áreas de Recreación Pública, aprobado por Decreto Supremo N°04-95-MTC, establece que la nomenclatura de las vías públicas de las áreas urbanas del país es competencia de los Gobiernos Locales, y se regirán por las normas del citado Reglamento. Asimismo, el artículo 5 señala que son atribuciones de la Comisión de Nomenclatura pronunciarse sobre las propuestas de nomenclatura presentadas por los vecinos, urbanizaciones e instituciones diversas a través de las Municipalidades Distritales; así como respecto a propuestas de nomenclatura originadas en las Municipalidades Distritales o en la misma Municipalidad Provincial; Que, a través de la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU se aprobaron los Lineamientos para la Nomenclatura Vial y Numeración Municipal, que tiene por fi nalidad establecer un instrumento técnico que permita mejorar la identi fi cación de lugares, ahorrar tiempo, mejorar la productividad y plani fi car la ciudad; utilizando como herramienta técnica principal el Reglamento de la Norma Técnica para Numeración Municipal y Nomenclatura Vial a los Gobiernos Locales a nivel Nacional, mediante la estandarización de procedimientos, que incluye el registro e identi fi cación de predios; Que, mediante Ordenanza N° 011-2024/MPC de fecha 25 de marzo de 2024, se aprobaron los Lineamientos para la asignación, modi fi cación y rati fi cación de la Nomenclatura Vial y/o Áreas de Recreación Pública en la Provincia Constitucional del Callao; Que, a través del Informe N° 974-2024/MPC-GDU- SGPUC del 20 de diciembre de 2024, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro remite a la Gerencia de Desarrollo Urbano el Informe N° 218-2024/MPC-GDU-SGPUC-AEBC e Informe Legal N° 242-2024-MPC/GDU-SGPUC-CMVA, con sus antecedentes, los cuales contienen la información técnica y legal sobre el desarrollo de la III Campaña de Nomenclatura Vial, ejecutada en el Asentamiento Humano Centenario, proponiendo su aprobación mediante Ordenanza Municipal; por su parte, la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través del Memorando N° 2781-2024-MPC-GDU, hace suya la propuesta y deriva lo actuado a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica para la emisión del informe legal correspondiente; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, con Informe N° 007-2025-MPC/OGAJ de fecha 07 de enero de