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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2025 (09/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Viernes 9 de mayo de 2025 El Peruano / “Encuentro para la Gobernanza y la Competitividad Turística – ENTUR San Martín”, se encuentra alineada con las acciones y metas especí fi cas planteadas en el Plan Operativo Institucional “POI” del Gobierno Regional, con el objetivo de mejorar la competitividad en el sector turístico, por ello se viene trabajando el marco normativo para que facilite su implementación”. En ese sentido, procedió a concluir: “3.1 Conforme al análisis realizado, sobre la importancia y necesidad de INSTITUCIONALIZAR el “Encuentro para la Gobernanza y la Competitividad Turística – ENTUR San Martín” mediante Ordenanza Regional; se emite OPINIÓN FAVORABLE, ya que cumple con las normativas vigentes establecidos. En este sentido, se concluye que el Gobierno Regional San Martín, a través del Consejo Regional, debe proceder a la evaluación y aprobación formal de este proyecto de ordenanza regional, continuando con los trámites pertinentes para su implementación. Es importante que el proceso avance conforme a los procedimientos establecidos para garantizar la correcta ejecución del evento, que tiene un impacto signi fi cativo en la gobernanza y competitividad turística de la región”; recomendando así: “4.1 Derivar el presente informe a la Gerencia General Regional, a fi n de continuar con el trámite correspondiente”; Que, mediante Informe Legal Nº 045-2025-GRSM/ ORAL, de fecha 17 de febrero de 2025, la O fi cina Regional de Asesoría Legal, opina FAVORABLEMENTE a la emisión de la “Ordenanza Regional para la aprobación, la creación y declarar de prioridad regional el evento denominado: Encuentro para Gobernanza y Competitividad Turística – ENTUR San Martín”; ya que, será del alcance Regional; Que, mediante O fi cio Nº 112-2025-GRSM/GGR, de fecha 17 de febrero de 2025, la Gerencia General Regional solicitó emisión de una Ordenanza Regional para la aprobación de la creación y declarar de prioridad regional el evento denominado: Encuentro para Gobernanza y Competitividad Turística – ENTUR San Martín; Que, el Consejo Regional de San Martin, en Sesión Extraordinaria desarrollada el día 21 de abril de 2025, en las instalaciones del Auditorio del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo - Tarapoto, y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política de Estado, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional, APROBÓ por UNANIMIDAD de los consejeros regionales asistentes, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la creación y declarar de prioridad regional el evento denominado: “Encuentro para la Gobernanza y la Competitividad Turística – ENTUR San Martín”, como un espacio clave para el análisis y debate de la situación actual del turismo en la región que promueve la toma de decisiones estratégicas que transformen a San Martín en un destino turístico referente, competitivo y sostenible. Artículo Segundo.- INSTITUCIONALIZAR al Encuentro para la Gobernanza y la Competitividad Turística – ENTUR San Martín como una de las estrategias clave para el desarrollo turístico de la región, a cargo de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional San Martín. Evento que involucra la participación activa e integradora de actores públicos, privados y academia vinculados al sector; en los tres niveles de gobierno. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo San Martín la evaluación y determinación de la sede, fechas y especi fi caciones del evento, sea a propuesta propia o la de un ente gestor de los destinos turísticos de la región. Artículo Cuarto.- DETERMINAR que la selección de la ciudad sede del evento se base en el cumplimiento total de los siguientes criterios: - Centro de Soporte: La ciudad para el evento es un centro de soporte mayor, intermedio o menor. - Infraestructura y capacidad: La ciudad para el evento tiene su fi cientes establecimientos de hospedaje para alojar al menos 350 personas; y cuenta con un espacio adecuado para albergar a 350 personas en eventos similares. - Accesibilidad: La ciudad para el evento dispone de facilidades de acceso directo vía aérea y/o terrestre; y ubicarse como máximo a 3 horas de distancia de un aeropuerto con vuelos comerciales. - Apoyo local: La(s) autoridad(es) local(es) y/o representante(s) de gremios/asociaciones del sector privado de la ciudad para el evento y/o destino turístico del que forma parte; ha(n) formalizado su apoyo en la organización del evento a nivel presupuestal, logístico y otros. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Gobierno Regional San Martín a través de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo San Martín la implementación de la estrategia: “Encuentro para la Gobernanza y la Competitividad Turística – ENTUR San Martín” de manera anual. Artículo Sexto.- DEROGAR todas las disposiciones previas o acciones administrativas que contravengan lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico la implementación de la presente ordenanza. Artículo Octávo.- ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estableciéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional; asimismo, el anexo se difundirá en la página web institucional del Gobierno Regional de San Martín: https:www.gob.pe/regionsanmartin, conforme a lo previsto en el numeral 7.3 del Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional, previa promulgación del Gobernador Regional de San Martín. Artículo Noveno.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación. Comuniquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. SANILDA ALLUI TENTETS Consejo Regional Consejera Delegada Dado en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín a los veinticinco días del mes de abril del dos mil veinticinco. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. WALTER GRUNDEL JIMENEZ Gobernador Regional de San Martín 2397171-1 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado - PDRC Tumbes al 2034 CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 005-2025/GOB.REG. TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: