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34 NORMAS LEGALES Viernes 16 de mayo de 2025 El Peruano / para la adecuación, utilizando el asignado en el año 2025. Cabe precisar que, el plan de adecuación cuenta con la aprobación de la DO y la OPPM - “La denominación del CITE, una vez adecuado conllevará la atención a la nueva cadena productiva acuícola, cambiando su denominación a CITEproductivo VRAEM”. Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica (OAJ), mediante el Informe N° 237-2025-ITP/OAJ, de fecha 06 de mayo de 2025, se pronuncia manifestando que se ha seguido el procedimiento establecido en la Directiva, siendo que cada uno de los órganos intervinientes ha emitido opinión favorable al respecto; asimismo, que la DEDFO ha emitido su informe cumpliendo con los requisitos establecidos en la Directiva. Asimismo, la OAJ re fi ere que, el artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, establece que los CITE son identi fi cados por sus siglas, seguido de un nombre que los individualice o los asocie con la cadena productiva a los que estén orientados; asimismo, el artículo 9 del referido Reglamento establece que, de acuerdo a las cadenas productivas que los CITE atienden, estos pueden ser, entre otros, productivos cuando atienden más de una cadena productiva, motivo por el cual el CITE deberá variar su denominación; Que, igualmente, la OAJ señala que, en virtud a la Resolución Ministerial N° 294-2020-PRODUCE, de fecha 02 de setiembre de 2020, mediante la cual se delegó al Consejo Directivo del ITP la facultad de aprobar la modi fi cación de las condiciones y aspectos previstos en el acto de creación de los CITE, dicho colegiado tiene la facultad para emitir la Resolución con la cual se adecua el CITE, variando su denominación, especialidad y funciones; aspectos contenidos en el acto de creación inicial del CITE; Que, en la etapa de aprobación de propuesta, mediante Memorando N° 15-2025-ITP/SCD, de fecha 09 de mayo de 2025, la Secretaria del Consejo Directivo señala que, mediante Acuerdo N° SO-001-006-2025-ITP/CD, adoptada en la Sesión Ordinaria N° 006-2025-ITP/CD, el Consejo Directivo del ITP acordó aprobar la adecuación del CITE, disponiendo que la ejecución del acuerdo se realice a partir de adoptado el mismo, exceptuándolo de la suscripción del acta correspondiente, conforme el artículo 30 del Reglamento Interno del Consejo Directivo; Con los vistos de la Secretaría General, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE, Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; la Resolución Ejecutiva N° 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva N° 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Adecuar el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial VRAEM - CITEagroindustrial VRAEM, con el fi n de adicionar a sus competencias la cadena acuícola. Artículo 2.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 406-2015-PRODUCE, con el fi n de variar el nombre del “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial VRAEM - CITEagroindustrial VRAEM” al de “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM - CITEproductivo VRAEM”.Artículo 3.- Modi fi car el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 406-2015-PRODUCE, a fi n de adecuar las funciones del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo VRAEM - CITEproductivo VRAEM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 4.- Son funciones del CITEproductivo VRAEM: a) Brindar asistencia técnica y capacitación en relación a procesos, productos, servicios, mejora de diseño, a los productores en el sector agroindustrial y el sector acuícola; b) Generar y difundir información que promueva la innovación productiva y el desarrollo tecnológico en favor de la competitividad y el aprovechamiento de los recursos naturales; c) Apoyar el emprendimiento favoreciendo la incubación o tutorización de nuevos proyectos empresariales a favor de los productores en el sector agroindustrial y del sector acuícola; d) Promover y desarrollar actividades de transferencia tecnológica para el desarrollo productivo o mejora de la competitividad en las cadenas productivas de la agroindustria y de la acuicultura; e) Promover la articulación gremial y la asociatividad de los productores y/o empresas relacionadas con agroindustria y acuicultura; f) Promover y desarrollar la investigación e innovación productiva en su ámbito potencial de in fl uencia en la zona; g) Promover la absorción de nuevas tecnologías para los sectores agroindustrial y acuícola y, facilitando el acceso a equipamiento e instalaciones a los usuarios; h) Contribuir al desarrollo de la demanda de la cadena productiva y de valor en bene fi cio de las actividades agroindustriales y acuícolas; i) Investigar nuevos planteamientos y soluciones a través de la realización de proyectos de investigación cientí fi ca y desarrollo tecnológico (I+D), para la innovación productiva en las cadenas productivas agroindustrial y acuícola; j) Adaptar avances cientí fi cos y técnicos a través de proyectos de investigación cientí fi ca, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+i), para el desarrollo productivo en las cadenas agroindustrial y acuícola; k) Promover las intervenciones en las cadenas productivas agroindustrial y acuícola, existentes en la zona de manera coordinada con los ecosistemas productivos y de innovación; l) Fomentar las iniciativas de cooperación empresarial y de interrelación con otros agentes estratégicos para incrementar la competitividad de base tecnológica o de innovación productiva en su ámbito potencial de in fl uencia a favor de la agroindustria y la acuicultura; m) Suministrar información para el desarrollo competitivo del sector correspondiente; n) Otras funciones que se establezcan en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228 y otras normas y disposiciones legales sobre la materia.” Artículo 5.- Mantener vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 406-2015-PRODUCE. Artículo 6.- Notifi car la presente Resolución a todas las dependencias del ITP, a fi n de que realicen las acciones que correspondan en el marco de sus funciones. Artículo 7.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO Presidenta del Consejo Directivo 2399734-1