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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2025 (21/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de mayo de 2025 El Peruano / Pasajes aéreos: Lima - Ginebra (República de Suiza) - LimaClase económicaDólares $ x 1 persona US$ 3 426,00 Viáticos: 1 persona (US$ 540.00 por día) x 8 días US$ 4,320,00 ------------------ Total a pagar: US$ 7,746,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el Director de la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica del CENEPRED, deberá presentar un informe detallado que contenga la descripción de las actividades realizadas y los resultados obtenidos durante la comisión de servicios. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina de Administración formalice la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la presente resolución; asimismo, en el portal web Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROLANDO GUSTAVO CAPUCHO CÁRDENAS Jefe Institucional del CENEPRED 2400886-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0175-2025- MIDAGRI Lima, 20 de mayo de 2025VISTOS:El O fi cio Nº 073-2024-MIDAGRI-INIA-GG de la Gerencia General del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA; y el O fi cio Nº 000391-2025-SERVIR-PE de la Presidencia Ejecutiva del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, que remite el Informe Técnico Nº 000094-2025-SERVIR- GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR; y el Informe Nº 0629-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, crea el Instituto Nacional de Investigación Agraria; denominación modi fi cada a Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA por la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; y, con la Ley Nº 28987, Ley que modi fi ca el Decreto Ley Nº 25902, del 20 de marzo de 2007, constituye el Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria, y se precisan sus funciones; Ley derogada el 28 de junio de 2008 por la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, según cuyo artículo 4, el INIA, como autoridad nacional en innovación tecnológica agraria, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Innovación Agraria; Que, el mencionado Decreto Legislativo Nº 1060, dispone en el segundo párrafo de su Segunda Disposición Complementaria Final, que los trabajadores del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA están sujetos al régimen laboral de la actividad privada; Que, el literal a) del artículo 13 de la Ley Nº 31075, de 24 de noviembre de 2020, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA es un organismo público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0484-2015-MINAGRI de fecha 02 de octubre de 2015, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, el cual ha sido materia de varios reordenamientos; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, SERVIR formaliza la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVÍR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, a través de la cual se establece y precisa las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, aprobación y administración del CAP Provisional; Que, el literal b) del numeral 5.1 de la citada Directiva defi ne al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, asimismo, el numeral 6.2.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH establece los supuestos para la elaboración del CAP Provisional, entre los cuales se encuentra la reorganización, asignación o reasignación de funciones, el cual precisa que las entidades públicas que, a través de una norma sustantiva, vean incrementadas o reducidas sus competencias y/o funciones, y requieran la creación o reducción de cargos vinculados a la implementación, o no, de dichas competencias y/o funciones, pueden hacer uso de este supuesto; Que, el numeral 6.2.3.2 de la citada Directiva señala que el formato de CAP Provisional se elabora siguiendo el orden dispuesto en la estructura organizacional contenida en el ROF o MOP, según corresponda; y tomando en consideración la información contenida en el Manual del Clasi fi cador de Cargos - MCC vigente; Que, con Decreto Supremo Nº 014-2024-MIDAGRI, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 234-2024- INIA, se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA; Que, por Resolución de Gerencia General Nº 022-2025-INIA-GG, se aprueba el Manual del Clasi fi cador de Cargos - MCC del Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA, el cual tiene como fi nalidad describir de manera ordenada todos los cargos del INIA, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de los objetivos de la entidad; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.3.1.8 de la Directiva Nº 006-2021- SERVIR-GDSRH, la aprobación del CAP Provisional para los organismos públicos se realiza por Resolución Ministerial del Sector correspondiente, previa opinión favorable de SERVIR; Que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA sustenta la aprobación del CAP Provisional de dicha entidad, el cual se ha elaborado sobre la base de la estructura aprobada en su ROF vigente y con los cargos