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18 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de mayo de 2025 El Peruano / MIDIS/FONCODES/DE, de acuerdo a la propuesta de la Unidad de Administración; Con el visto de la Unidad de Administración, del Coordinador de Logística y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y las otorgadas en el Manual de Operaciones de FONCODES, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de delegación de facultades y atribuciones en el Jefe de la Unidad de Administración del FONCODES. 1.1 Modi fi car el numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000004-2025- MIDIS/FONCODES/DE, modi fi cada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000053-2025-MIDIS/FONCODES/DE, respecto a la delegación de facultades y atribuciones en el Jefe de la Unidad de Administración del FONCODES, para el Año Fiscal 2025, en materia de contrataciones, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones en el Jefe de la Unidad de Administración del FONCODES Delegar en el Jefe de la Unidad de Administración, del FONCODES para el Año Fiscal 2025, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, las siguientes facultades: (…) 1.2 En materia de Contrataciones del Estado 1.2.1 Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) y sus modi fi catorias. 1.2.2 Aprobar y actualizar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) 2025, conforme a la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, así como sus modi fi catorias (inclusiones, exclusiones, variaciones de ítems, mes referencial, entre otros). 1.2.3 Aprobar la inclusión en el PAC de procedimientos bajo compra corporativa (obligatoria/facultativa) y compra por encargo, antes de la convocatoria. 1.2.4 Supervisar el cumplimiento de niveles de certi fi cación de la dependencia encargada de las contrataciones y de los compradores públicos. 1.2.5 Autorizar los procesos de compatibilización del requerimiento de los bienes o servicios a ser contratados. 1.2.6 Publicar, modi fi car, hacer seguimiento y monitoreo del Plan Multianual de Homologación, y remitir avances a PERÚ COMPRAS. 1.2.7 Aprobar los expedientes técnicos de obra. 1.2.8 Aprobar los expedientes de contratación para procedimientos de selección competitivos y no competitivos. 1.2.9 Aprobar que no se utilice la subasta inversa cuando exista riesgo objetivo, y remitir el respectivo sustento a PERÚ COMPRAS. 1.2.10 Designar y remover integrantes de comités y jurados, veri fi car requisitos y evaluar inasistencias. 1.2.11 Aprobar la cancelación de procedimientos de selección. 1.2.12 Suscribir convenios interinstitucionales (compras corporativas, encargos, cooperación sin fi nes de lucro) y sus adendas. 1.2.13 Suscribir, modi fi car y resolver contratos derivados de procedimientos con y sin competencia, cuando corresponda, incluyendo los provenientes de convenios, y sus adendas. 1.2.14 Resolver órdenes de compra y de servicios conforme al artículo 87 del Reglamento. 1.2.15 Suscribir convenios de cooperación interinstitucional con el Sector cuando estos tengan por objeto autorizar el uso de espacios de inmuebles asignados al FONCODES.1.2.16 Suscribir las adendas correspondientes que prorroguen los contratos de servicios de arrendamiento de bienes inmuebles, de conformidad con el Reglamento de la Ley. 1.2.17 Suscribir, modi fi car y resolver contratos con proveedores no domiciliados en el país y sus adendas. 1.2.18 Suscribir en nombre y representación del FONCODES las cartas notariales que deban cursarse a los contratistas. 1.2.19 Ejercer la representación legal del FONCODES ante las entidades fi nancieras, bancarias o aquellas autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los contratistas. 1.2.20 Suscribir el contrato tripartito para la Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD). 1.2.21 Autorizar y acordar suspensiones y reinicios del plazo de ejecución contractual de los contratos derivados de procedimientos de selección competitivos y no competitivos y comunicar para el deslinde de responsabilidades. 1.2.22 Autorizar y ordenar la ejecución y pago de prestaciones adicionales: o Bienes, servicios y consultorías de obras hasta por el 25% del monto del contrato original, u Obras hasta el límite legal, informando al Tribunal y a la Contraloría en caso de de fi ciencias. 1.2.23 Ordenar la reducción de prestaciones hasta por el 25% del monto del contrato original. 1.2.24 Autorizar modi fi caciones contractuales por variación del monto o hecho sobreviviente. 1.2.25 Resolver ampliaciones de plazo y noti fi car, incluyendo la ampliación de contratos vinculados. 1.2.26 Autorizar el pago de mayores metrados conforme al artículo 197 del Reglamento. 1.2.27 Autorizar la cesión de posición contractual conforme a la normativa. 1.2.28 Aprobar la declaración de nulidad de los procedimientos de selección. 1.2.29 Aprobar los expedientes de contratación que se realicen a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. 1.2.30 Autorizar, modi fi car y/o resolver los contratos derivados de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. 1.2.31 Suscribir, modi fi car y resolver los contratos complementarios hasta el límite permitido. 1.2.32 Designar a los miembros de comités de recepción de obra. 1.2.33 Aprobar u observar las liquidaciones de obra y de consultoría. 1.2.34 Suscribir contratos de fi deicomiso derivados de contratos de obra. 1.2.35 Veri fi car la certi fi cación de los compradores públicos. 1.2.36 Aprobar las solicitudes de no aplicación de penalidades por mora. 1.2.37 Informar de las infracciones al Tribunal de Contrataciones Públicas. 1.2.38 Representar al FONCODES ante la DGA, PERÚ COMPRAS, OECE y el Tribunal de Contrataciones del Estado. 1.2.39 Evaluar la adopción de decisiones sobre conciliación y la cláusula arbitral. 1.2.40 Evaluar la conveniencia, o no, de someter a arbitraje cada una de las controversias que cumplan con el supuesto de arbitrabilidad. 1.2.41 Designar a las unidades orgánicas como áreas técnicas estratégicas para atender las necesidades de otras áreas usuarias, conforme al marco normativo vigente. 1.2 Modi fi car el numeral 1.5 del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000004-2025- MIDIS/FONCODES/DE, modi fi cada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000053-2025-MIDIS/ FONCODES/DE, respecto a la delegación de facultades y atribuciones en el Jefe de la Unidad de Administración del FONCODES, para el Año Fiscal 2025, en materia de contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, en los siguientes términos: