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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2025 (21/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de mayo de 2025 El Peruano / de Clasi fi cador de Cargos al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad”; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 048-2024-MIDAGRI-AGROMERCADO/J, publicado el 25 de agosto de 2024, se aprobó el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de Agromercado, donde conta su nueva estructura, en cuyos artículos 20 y 21 se estableció que la O fi cina de Administración : “(…) es la unidad orgánica encargada de apoyo responsable de plani fi car, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades referidas a los Sistemas Administrativos de Gestión de Recursos Humanos, (…)”; por lo que, también es la encargada de asumir las funciones de Recursos Humanos; Que, en ese escenario, mediante Resolución de Gerencia General N° 009-2025-MIDAGRI-AGROMERCADO/GG, de fecha 25 de marzo de 2025, Agromercado aprobó su Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC); sin embargo, la O fi cina de administración a través del Memorando N° 0477-2025-MIDAGRI- AGROMERCADO/OA, del 15 de mayo de 2025, que contiene el Informe N° 0195-2025-MIDAGRI-AGROMERCADO/OA-RH, emitido por la Encargada de las Funciones de Recursos Humanos, señala que “En el marco de la presentación de la propuesta de CAP Provisional ante SERVIR, este ente rector brindó varias recomendaciones sobre el MCC vigente, las mismas que se han tomado en cuenta en la elaboración de la nueva propuesta del MCC (…) lo que genera que se requiera (…) dejar sin efecto la anterior, a fi n de que se cuente con un texto actualizado que facilite su lectura para una adecuada utilidad del instrumento de gestión”; Que, en esa línea, la O fi cina de Administración señala que “La propuesta del MCC respeta la estructura organizacional de Agromercado establecida en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, dado que los cargos estructurales responden tanto en la denominación y funciones a la nueva estructura y competencias funcionales establecidas”; por lo que, “(…) brinda opinión técnica favorable para la aprobación de una nueva versión del MCC por el titular de la entidad, correspondiendo, en consecuencia, la derogación de la Resolución de Gerencia General N° 009-2025-MIDAGRI-AGROMERCADO/GG, de fecha 25 de marzo de 2025”; Que, con Informe N° 108-2025-MIDAGRI- AGROMERCADO/OPP, del 15 de mayo de 2025, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que “[la Encargada de las Funciones de] Recursos Humanos, en el marco de sus competencias, ha formulado la propuesta de MCC de Agromercado, la misma que cumple con lo establecido en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, por lo que esta O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable, recomendando su aprobación y publicación (…), correspondiendo a la Gerencia General la emisión del acto resolutivo que apruebe la propuesta de MCC (…)”; Que, de acuerdo con lo contemplado en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de Agromercado aprobado por la Resolución Jefatural Nº 048-2024-MIDAGRI-AGROMERCADO/J, que aprueba, prevé que la “Gerencia General está a cargo del/la de la Gerente/a General, quien es la máxima autoridad administrativa de la entidad, que asiste y asesora a la Jefatura en la gestión interna de la entidad”; Que, mediante Informe del Visto, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala, que tomando en consideración lo previsto en el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de Agromercado, es viable que la Gerencia General emita el acto resolutivo de aprobación de la nueva versión del Manual de Clasi fi cador de Cargos de Agromercado, para lo cual previamente deberá dejar sin efecto el documento de gestión aprobado por Resolución de Gerencia General N° 009-2025-MIDAGRI-AGROMERCADO/GG; Con el visto bueno de la O fi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; y, Resolución Jefatural Nº048-2024-MIDAGRI-AGROMERCADO/J; SE RESUELVE: Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de Agromercado, que en Anexo formó parte integrante de la Resolución de Gerencia General N° 009-2025-MIDAGRI-AGROMERCADO/GG, de fecha 25 de marzo de 2025. Artículo 2.- APROBAR el documento denominado Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de Agromercado, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución, así como su Anexo aprobado en el artículo 2 en la página web (www.gob.pe/agromercado) en el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIOLETA LEYVA ESTELA Gerente General 2401028-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Derogan la Resolución Ministerial Nº 087-2020-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 093-2020-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 048-2023-MIDIS, los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° D000003-2024-MIDIS y la Resolución Ministerial N° D000044-2024-MIDIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000139-2025- MIDIS San Isidro, 16 de mayo del 2025VISTOS: Los Informes N° D000269-2025-MIDIS-DPSC y N° D000431-2025-MIDIS-DPSC, emitidos por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias; el Informe N° D000180-2025-MIDIS-DGAPS y el Memorando N° D000594-2025-MIDIS-DGAPS, emitidos por la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000067-2025-MIDIS-OM, emitido por la Ofi cina de Modernización; el Memorando N° D000810- 2025-MIDIS-OGPPM, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000348-2025-MIDIS-OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,