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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (05/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de noviembre de 2025 El Peruano / Que, el Tratado, según su artículo 1, tiene como objetivos aumentar la e fi cacia, la transparencia y la calidad del sistema de patentes en lo que respecta a los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos; e impedir que se concedan patentes para invenciones que no sean nuevas ni conlleven actividad inventiva en lo que respecta a los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos; Que, la aprobación del Tratado es conveniente para los intereses del Perú; Que, ello es conforme con lo dispuesto en los artículos 56, numeral 1 y 2, de la Constitución Política del Perú y con el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE:Artículo 1.- Remite Documentación Se remite al Congreso de la República la documentación relativa al “Tratado sobre Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados”, adoptado en Ginebra, Confederación Suiza, el 24 de mayo de 2024, por la Conferencia Diplomática para la Celebración de un Instrumento Jurídico Internacional relativo a la Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados a los Recursos Genéticos. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA Presidente del Consejo de Ministros HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ Ministro de Relaciones Exteriores 2455327-8 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Convenio Internacional del Azúcar, 1992”, adoptado en Ginebra, Confederación Suiza RESOLUCIÓN SUPREMA N° 171-2025-RE Lima, 4 de noviembre de 2025CONSIDERANDO:Que, el “Convenio Internacional del Azúcar, 1992” fue adoptado en Ginebra, Confederación Suiza, el 20 de marzo de 1992, por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Azúcar de 1992 (en adelante, el Convenio); Que, el Convenio, según su artículo 1 tiene como objetivos conseguir una mayor cooperación internacional en los asuntos azucareros y las cuestiones relacionadas con los mismos; proporcionar un foro para las consultas intergubernamentales sobre el azúcar y los medios de mejorar la economía azucarera mundial; facilitar el comercio de azúcar mediante la recopilación y publicación de información sobre el mercado mundial de azúcar y otros edulcorantes; y promover el aumento de la demanda de azúcar, especialmente para usos no tradicionales. Que, la aprobación del Convenio es conveniente para los intereses del Perú; Que, ello es conforme con lo dispuesto en los artículos 56, numeral 4, de la Constitución Política del Perú y con el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE:Artículo 1.- Remite Documentación Se remite al Congreso de la República la documentación relativa al “Convenio Internacional del Azúcar, 1992”, adoptado en Ginebra, Confederación Suiza, el 20 de marzo de 1992, por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Azúcar de 1992. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA Presidente del Consejo de Ministros HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ Ministro de Relaciones Exteriores 2455327-9 Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en Iquique, República de Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 172-2025-RE Lima, 4 de noviembre de 2025VISTAS:La Resolución Suprema Nº 186-2022-RE, de 19 de diciembre de 2022; la Resolución Viceministerial Nº 0613- 2022-RE, de 23 de diciembre de 2022; y, la Resolución Suprema Nº 119-2025-RE, de 1 de setiembre de 2025; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 186-2022-RE, de 19 de diciembre de 2022, se nombró a la Consejera en el Servicio Diplomático de la República Miluska Rosario Cáceres Escalante, como Cónsul General del Perú en Iquique, República de Chile; y mediante Resolución Suprema Nº 119-2025-RE, de 1 de setiembre de 2025, se modi fi có el artículo 2 de la citada resolución; Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 0613- 2022-RE se fi jó el 1 de julio de 2023, como la fecha en que la citada funcionaria diplomática asumió funciones como Cónsul General del Perú en Iquique, República de Chile; Que, por razones del Servicio, resulta necesario dar por terminadas las funciones de la Consejera en el Servicio Diplomático de la República Miluska Rosario Cáceres Escalante, como Cónsul General del Perú en Iquique, República de Chile; y De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2023-RE; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0516-2025-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones de la Consejera en el Servicio Diplomático de la República