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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (05/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de noviembre de 2025 El Peruano / de Auditorias Financieras Gubernamentales”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 314-2025-CG; y la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, Aprueban Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2025, del Pliego 0244: Instituto Nacional de Calidad – INACAL, Unidad Ejecutora 001: Administración - INACAL (1632), hasta por la suma de S/ 59 812, 00 (Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Doce con 00/100 Soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Unidad Ejecutora 001- 196: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias, correspondiente al cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, para la contratación y pago a la sociedad de auditoría que será designada para realizar labores de control posterior externo en el INACAL en el marco de la Auditoría Financiera Gubernamental del periodo 2025. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera aprobada en el artículo 1 de la presente resolución se realiza con cargo al presupuesto institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 0244: Instituto Nacional de Calidad – INACAL, Unidad Ejecutora 001: Administración - INACAL (1632), fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal Acciones Centrales, Actividad Gestión Administrativa Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.1 3.1 1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos. Artículo 4.- Acciones Administrativas Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Administración para la ejecución de las acciones administrativas que correspondan. Artículo 5.- Publicidad Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del INACAL (www.gob.pe/inacal), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR JOSÉ BERNABÉ PÉREZ Presidente Ejecutivo 2454798-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el “ Acuerdo entre la República del Perú y la República Checa sobre un programa de vacaciones de trabajo” DECRETO SUPREMO Nº 046-2025-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre la República del Perú y la República Checa sobre un programa de vacaciones de trabajo” fue suscrito por la República del Perú y la República Checa, en Lima, República del Perú, el 25 de octubre de 2024; Que, en virtud del numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, el presente Decreto Supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado tratado; Estando al Informe (DGT-EPT) Nº 7-2025, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118, inciso 11, de la Constitución Política del Perú y por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Se rati fi ca el “Acuerdo entre la República del Perú y la República Checa sobre un programa de vacaciones de trabajo” suscrito por la República del Perú y la República Checa, en Lima, República del Perú, el 25 de octubre de 2024. Artículo 2.- Publicación El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el texto íntegro del Acuerdo y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3.- Dar cuenta al Congreso Se dé cuenta al Congreso de la República. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTÍNEZ Ministro de Relaciones Exteriores 2455327-5 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Tratado sobre Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados”, adoptado en Ginebra, Confederación Suiza RESOLUCIÓN SUPREMA N° 170-2025-RE Lima, 4 de noviembre de 2025 CONSIDERANDO: Que, el “Tratado sobre Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados” fue adoptado en Ginebra, Confederación Suiza, el 24 de mayo de 2024, por la Conferencia Diplomática para la Celebración de un Instrumento Jurídico Internacional relativo a la Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados a los Recursos Genéticos (en adelante, el Tratado);