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48 NORMAS LEGALES Martes 11 de noviembre de 2025 El Peruano / Monitoreo, seguimiento y cumplimiento Artículo Cuarto.- La Dirección General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera. Publicación Artículo Quinto.- Disponer que la presente resolución se publique en el portal institucional del Tribunal Constitucional (http://www.tc.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZ I. PACHECO ZERGA Presidenta 2456762-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Relación de las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero de 2024 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 555-2025-GR DREM-APURÍMAC Abancay, 16 de octubre de 2025 VISTO:El Informe Nº 0328-2025-GR-DREM-APURIMAC/ SDM-ACM/AJ-CRCS, de fecha 15 de octubre de 2025, emitido por el Área de Concesiones Mineras de la Dirección Regional de Energía y Minas de Apurímac, sobre los títulos de concesiones mineras otorgados en el mes de enero de 2024; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece se publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, el Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremos Nº 020-2020-EM, en su artículo 19º, numeral n) señala que son funciones del Gobierno Regional, publicar en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiera aprobado el mes anterior; Que, el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020- EM, Reglamento de Procedimientos Mineros; establece que para efectos de lo dispuesto en el artículo 124º de la Ley General de Minería, la autoridad competente, dentro de los primeros quince (15) días de cada mes, publicará en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato anterior. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 19º y 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, que aprueba el Reglamento de Procedimientos Mineros, el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Gobierno Regional de Apurímac, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2011-GR-APURIMAC/CR, modi fi cado por Ordenanza Regional Nº 001-2018-GR-APURIMAC/CR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero de 2024, por esta Dirección Regional de Energía y Minas, de acuerdo al anexo adjunto que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Energía y Minas de Apurímac (www.dremapurimac.gob.pe). Regístrese, publíquese y comuníquese.JOSE RAÚL FARFÁN PORTUGAL Director RegionalDirección Regional de Energía y Minas ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 555-2025-GR- DREM-APURIMAC, DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2025, QUE APRUEBA LA RELACIÓN DE CONCESIONES MINERAS OTORGADAS POR LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE APURÍMAC, EMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY GENERAL DE MINERÍA APROBADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nº 014-92-EM. NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN, B) CÓDIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL, E) ZONA, F) COORDENADAS UTM WGS 84 DE LOS VÉRTICES (EXPRESADO EN MILES), G) DERECHOS MINEROS A RESPETAR, NOMBRE Y CÓDIGO; 1A) MINA OLLABAMBA FR B) 53-00028-22 C) FABIAN AGUIRRE CABRERA Y RAUL AGUIRRE CABRERA D) R.D. Nº 005-2024-GR-DREM-APURIMAC, 29/01/2024 E) 18 F) V1: N8 474 E771, V2: N8 473 E771, V3: N8 473 E770, V4: N8 474 E770 G) No tiene derechos mineros por respetar; 2450903-1 Editora Perú es una empresa pública de derecho privado. Su principal objetivo, para habilitar el mandato Constitucional, es editar el Diario O fi cial El Peruano y darle publicidad a los dispositivos aprobados por las instituciones públicas y sus correspondientes autoridades. Editora Perú no es, por tanto, responsable por los contenidos de las publicaciones o fi ciales remitidas por las entidades del Estado. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES