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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 11 de noviembre de 2025 El Peruano / al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 3. REQUERIR al secretario general de la Municipalidad Provincial de Huánuco, departamento de Huánuco –o a quien haga sus veces– para que informe si en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 002-2025-MPHCO/E, del 27 de enero de 2025, se interpone recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117- 2025-JNE; asimismo, para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado por la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2456783-1 Precisan contenido de parte resolutiva de la Resolución N° 0432-2025-JNE RESOLUCIÓN Nº 0587-2025-JNE Expediente Nº JNE.2025006227 SALITRAL - MORROPÓN - PIURAVACANCIAAPELACIÓN Lima, 4 de noviembre de 2025 VISTA: la Resolución Nº 0432-2025-JNE, del 16 de setiembre de 2025. CONSIDERANDO QUE:1. Mediante la resolución citada en el visto, entre otros, se declaró nulo el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 024-2025-MDS/CM-SO, del 9 de junio de 2025, que declaró improcedente el pedido de vacancia de don Elkin Narciso Jáuregui Yong, alcalde de la Municipalidad Distrital de Salitral, provincia de Morropón, departamento de Piura, por nepotismo e infracción a las restricciones de contratación, causales previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 22, ese último concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.2. No obstante, al expedirse el referido pronunciamiento, por error material, se consignó el siguiente contenido en el numeral 2 de la parte resolutiva: 2. DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Salitral, provincia de Morropón, departamento de Piura, a fi n de que convoque nuevamente a sesión extraordinaria y se pronuncie sobre el pedido de vacancia, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, de acuerdo con lo expuesto en el ítem 4.2.17. del presente documento; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, con el objeto de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial penal de turno para que evalúe la conducta de los integrantes de dicho concejo, conforme a sus competencias [resaltado agregado]. Cuando lo correcto es: 2. DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Salitral, provincia de Morropón, departamento de Piura, a fi n de que convoque nuevamente a sesión extraordinaria y se pronuncie sobre el pedido de vacancia, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, de acuerdo con lo expuesto en el considerando 2.17. del presente pronunciamiento; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, con el objeto de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial penal de turno para que evalúe la conducta de los integrantes de dicho concejo, conforme a sus competencias [resaltado agregado]. 3. Por consiguiente, en aplicación supletoria del artículo 407 del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, el cual señala que “antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede, de o fi cio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga […]”, corresponde efectuar la precisión del caso. 4. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025, en el diario o fi cial El Peruano. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del señor magistrado Willy Ramírez Chávarry, por ausencia de su titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. PRECISAR el contenido del numeral 2 de la parte resolutiva de la Resolución Nº 0432-2025-JNE, del 16 de setiembre de 2025, conforme a lo indicado en el segundo considerando del presente pronunciamiento. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 117-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. RAMÍREZ CHÁVARRYMAISCH MOLINA TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 2456785-1