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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Martes 11 de noviembre de 2025 El Peruano / designada en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, propone que el abogado Claver Augusto Espinoza Dulanto, fi scal adjunto superior titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios con competencia nacional—designado en la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios—, ocupe el cargo de fi scal adjunto supremo provisional y sea designado en la fi scalía suprema a su cargo Por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1087-2015-MP-FN de fecha 30 de marzo de 2015, se designó al abogado Claver Augusto Espinoza Dulanto, fi scal adjunto superior titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios con competencia nacional, en la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y especí fi cas— ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fi scal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal. En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación (i) para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal de la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se ha considerado oportuno emitir el acto resolutivo con el fi n de nombrar y designar al abogado Claver Augusto Espinoza Dulanto para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto supremo en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, con retención de su cargo de carrera —previa conclusión de su designación señalada en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución—; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 0160-2025-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 3 de noviembre de 2025. Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente —con carácter transitorio— corresponde a las creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, posteriormente convertida por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1235-2020-MP-FN de fecha 6 de noviembre de 2020. De conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluida la designación del abogado Claver Augusto Espinoza Dulanto, fi scal adjunto superior titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios con competencia nacional, en la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1087-2015-MP-FN de fecha 30 de marzo de 2015. Artículo Segundo .- Nombrar al abogado Claver Augusto Espinoza Dulanto como fi scal adjunto supremo provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento al abogado Claver Augusto Espinoza Dulanto que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2457183-9 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan viaje de Asesora de la Jefatura Nacional del RENIEC a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000187-2025/ JNAC/RENIEC Lima, 8 de noviembre del 2025 VISTOS: La carta S/Nº de fecha 14 de octubre de 2025, remitida por el Registrador Nacional del Estado Civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia y el Director Ejecutivo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos - IIDH/CAPEL; la Carta Nº 000308-2025/SGEN/ RENIEC (22OCT2025), de la Secretaría General; el Memorando Nº 001356-2025/OAF/RENIEC (30OCT2025), de la O fi cina de Administración y Finanzas; el Informe Nº 000162-2025/OAF/ULG/RENIEC (29OCT2025) de la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración y Finanzas; el Informe Nº 000193-2025/OPH/URL/RENIEC (05NOV2025), de la Unidad de Relaciones Laborales de la Ofi cina de Potencial Humano; y la Hoja de Elevación Nº 000232-2025/OPH/RENIEC (06NOV2025) de la O fi cina de Potencial Humano; y, CONSIDERANDO: Que mediante la Carta S/Nº de fecha 14 de octubre de 2025, el Registrador Nacional del Estado Civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia y el