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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Martes 11 de noviembre de 2025 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Resolución SBS N° 04357-2024 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2025; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Miluska Ivonne Taboada Caro, Supervisor del Sistema Financiero I de la Intendencia de Supervisión Bancaria D de la Superintendencia Adjunta de Banca y Micro fi nanzas de la SBS, del 22 al 30 de noviembre de 2025, a la ciudad de Múnich, República Federal de Alemania para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2025, de acuerdo con lo siguiente: Pasajes aéreos US$ 1,387.46 Viáticos US$ 810.00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2456511-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 136-2025-P/TC Lima, 7 de noviembre de 2025VISTOS El O fi cio 000869-2025-CG/GAD, del Gerente de Administración de la Contraloría General de la República, recibido el 30 octubre de 2025; el Memorándum 090-2025-OP/TC, de fecha 30 de octubre de 2025; la comunicación de la Dirección General de Administración del 06 de noviembre de 2025; y, CONSIDERANDOQue, el artículo 20 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las sociedades de auditoría, son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, para cuya fi nalidad, previa comunicación respectiva, las entidades del Gobierno Nacional deben realizar las transferencias fi nancieras para cubrir los gastos de la contratación correspondientes con cargo a su presupuesto institucional, bajo responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto, o las que hagan sus veces en el pliego; Que, el citado artículo precisa que, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, las entidades aprueban las transferencias fi nancieras mediante resolución del titular del Pliego en caso del Gobierno Nacional, la que deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano ; Que, la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, durante el Año Fiscal 2025, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar las transferencias fi nancieras que efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Para tal efecto, las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales quedan exceptuadas de las restricciones previstas en el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente ley ; Que, mediante O fi cio 000869-2025-CG/GAD, del Gerente de Administración de la Contraloría General de la República, solicita al Tribunal Constitucional realizar la transferencia fi nanciera a su favor, para la contratación de la sociedad auditora que realizará auditoría fi nanciera al Tribunal Constitucional, en los periodos 2025, 2026 y 2027; Que, en el citado o fi cio se detalló que el 100% de la retribución económica del periodo 2025, incluido el IGV, asciende a la suma de S/. 64,041.00, y que, adicionalmente, corresponde efectuar el pago de derecho de designación y supervisión de los períodos 2025, 2026 y 2027 por S/ 9 768.00; importes que deben ser transferidos dentro de los 15 días hábiles de remitido el presente o fi cio; Que, mediante Memorándum 090-2025-OP/TC, la Ofi cina de Presupuesto informa que se han habilitado los recursos correspondientes y se otorga disponibilidad presupuestal para la atención de la transferencia de retribución económica y pago de derecho de designación de una Sociedad de Auditoría para los periodos 2025, 2026 y 2027, en la Meta 2 Gestión Administrativa, clasi fi cador del gasto 24.13.11 por S/. 64,041.00 y 25.41.21 por S/. 9,768.00; respectivamente; De conformidad con la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, el artículo 41 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, y su Reglamento Normativo, SE RESUELVETransferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República Artículo Primero.- Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2025, del Pliego 024: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, por el monto de S/. 64,041.00 (Sesenta y cuatro mil cuarenta y uno con 00/100 soles), incluido IGV, a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar los gastos derivados del 100% de la retribución económica de la sociedad de auditoría para el periodo 2025, más el monto S/. 9 768.00 (nueve mil setecientos sesenta y ocho y 00/100 soles) por el pago de derecho de designación y supervisión de los períodos 2025, 2026 y 2027. Financiamiento Artículo Segundo.- La transferencia fi nanciera autorizada en la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del presente año fi scal 2025. Limitación al uso de recursos Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.