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62 NORMAS LEGALES Jueves 13 de noviembre de 2025 El Peruano / VISTOS: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 526-2024-Gobierno Regional Amazonas/GR, de fecha 18 de septiembre de 2024, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 122-2025-Gobierno Regional Amazonas/GR, de fecha 25 de abril de 2025, el Informe Nº 000391-2025-G.R.AMAZONAS/GR-RRPP, de fecha 29 de abril 2025, y el Informe Nº 000715-2025-G.R.AMAZONAS/GR-RRPP, de fecha 16 de julio de 2025, Informe Legal Nº 930-2025-ORAJ, de fecha 18 de julio de 2025; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 191ºde la Constitución Política del Perú, concordado con el artículo 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que según lo establece el primer párrafo del artículo 20º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Presidencia Regional es el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional; recae en el Presidente Regional, quien es la máxima autoridad de su jurisdicción, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional; Que, la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece en su artículo 1º sobre el alcance de la Ley: “La presente Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú”. Asimismo, en el artículo 8º establece que, las Entidades obligadas a informar. “Las entidades obligadas a brindar información son las señaladas en el artículo 2º de la presente Ley. Dichas entidades identi fi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de presente Ley. En caso de que éste no hubiera sido designado las responsabilidades administrativas y penales recaerán en el secretario general de la institución o quien haga sus veces”; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a Ia información Pública, establece en su artículo 4º sobre la Designación de los funcionarios responsables de entregar la información y de elaborar el Portal de Transparencia. “(...) La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas”; Que, el Decreto Legislativo Nº 1353, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de protección de Datos Personales y la Regulación de la Gestión de intereses, establece en su artículo 4º respecto a las Funciones de la Autoridad. “(...) 5. Fomentar la cultura de transparencia y acceso a la información pública.6. Solicitar, dentro del ámbito de su competencia, la información que considere necesaria a las entidades, las cuales están en la obligación de proveerla, salvo las excepciones previstas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”; Que, en el Gobierno Regional Amazonas, el órgano encargado de brindar información es la O fi cina de Relaciones Públicas en la persona de su director; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº526-2024- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR, de fecha 18 de septiembre de 2024, se resuelve en su ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR, a partir del 18 de setiembre del 2024, al LIC. ANDERSON ALFONSO AMPUERO ARANA - Director de la O fi cina de Comunicaciones y Relaciones Públicas, como RESPONSABLE DE BRINDAR INFORMACIÓN en la Sede del Gobierno Regional Amazonas, la misma que será proporcionada ; de acuerdo al procedimiento señalado en el Art. 11º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº122-2025- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR, de fecha 25 de abril del 2025, se resuelve en su ARTÍCULO PRIMERO: DAR POR CONCLUIDA, a partir del 28 de abril de 2025, la Designación del Lic. ANDERSON ALFONSO AMPUERO ARANA, en el cargo público de con fi anza de DIRECTOR DE LA OFICINA DE COMUNICACIONES Y RELACIONES PUBLICAS DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS, y el ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR, a partir del 28 de abril de 2025, al LIC. EISEN HOWER PUSCAN HUAMAN en el cargo público de con fi anza de DIRECTOR DE LA OFICINA DE COMUNICACIONES Y RELACIONES PUBLICAS DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS; Que, con Informe Nº 000391-2025-G.R.AMAZONAS/ GR-RRPP, de fecha 29 de abril del 2025, el Director de la O fi cina de Comunicaciones y Relaciones Públicas de la Sede del Gobierno Regional Amazonas solicita la actualización de resolución del funcionario responsable de brindar información pública; Que, mediante Informe Nº 000715-2025-G.R.AMAZONAS/GR-RRPP, de fecha 16 de julio de 2025, el Director de la O fi cina de Comunicaciones y Relaciones Publicas emite informe técnico para designación de nuevo responsable de brindar información pública en la Sede del Gobierno Regional Amazonas; Que, mediante Informe Legal Nº 930-2025-ORAJ, de fecha 18 de julio de 2025, en el cual se opina que es PROCEDENTE la actualización de resolución del funcionario responsable de brindar información pública de la sede del Gobierno Regional Amazonas, solicitado por el Lic. EISEN HOWER PUSCAN HUAMAN en calidad de Director de la O fi cina de Comunicaciones y Relaciones Públicas. Que, el Art. 3º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dispone: “La entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada”, la misma que será proporcionada de acuerdo al procedimiento señalado en el Art. 11º de la citada norma; Que, en uso de las facultades conferidas a este despacho conforme a la Ley 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modi fi cada con la ley Nº 27902, contando con el visto bueno de la Gerencia General Regional y la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, al Director de la Ofi cina de Comunicaciones y Relaciones Públicas de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, LIC. EISEN HOWER PUSCAN HUAMAN como RESPONSABLE DE BRINDAR INFORMACION en la Sede del Gobierno Regional Amazonas; la misma que será proporcionada de acuerdo al procedimiento señalado en el Art. 11º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto legal, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 526-2024-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR, de fecha 18 de septiembre del 2024, así como cualquier otro acto administrativo que se oponga a la presente Resolución. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE el presente acto administrativo a las Instancias Internas del Gobierno Regional Amazonas e interesado, para su conocimiento y fi nes. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al DIRECTOR DE LA OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 2446156-1