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55 NORMAS LEGALES Jueves 13 de noviembre de 2025 El Peruano / INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de la Universidad Nacional de San Martín a Colombia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N° 1469-2025- UNSM/CU-R Tarapoto, 4 de noviembre del 2025Visto el Expediente Nº FIAI0020250000505, que contiene Proveído Nº D002546-2025-UNSM-RE, Carta Nº D0001569-2025-UNSM-VACAD, Carta N° D000662- 2025-UNSM-FIAI, Carta N° D000296-2025-UNSM-DAIA, Carta Nº 018-2025-UNSM/DAIAI/IENR, Carta S/N Invitación por la Universidad Nacional de Colombia - Sede Palmira - Colombia. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Martín es una Institución descentralizada, autónoma con personería jurídica de derecho público interno; se rige por la Constitución Política del Estado, la legislación universitaria vigente, el presente Estatuto y su Reglamento General. Su personería y representación legal la ejerce el Rector y dentro de unos de sus fi nes esta, formar profesionales humanistas, cientí fi cos y con excelencia académica competitiva, para los cambios del desarrollo de la región y del país, para así promover, organizar, realizar y difundir los resultados de la investigación en las áreas de humanidades, ciencias, arte y tecnología acorde a la realidad regional y nacional, con el objetivo de viabilizar alternativas e fi cientes y e fi caces para su desarrollo y transformación socioeconómico; Que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los regímenes: De gobierno, implica la potestad auto determinativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria, con atención a su naturaleza, características y necesidades. Es formalmente dependiente del régimen normativo. (artículo 8º de la Ley Nº 30220 y artículo 7º del Estatuto de la UNSM, aprobado con Resolución de Asamblea Universitaria N° 013-2022-UNSM/AU-R/NLU de fecha 06 de junio del 2022); Que, el Consejo Universitario de la UNSM, es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. Está integrado por: El Rector, quien lo preside, los Vicerrectores. Un cuarto (1/4) del número total de Decanos, elegidos por y entre ellos. El Director de la Escuela de Posgrado. Los representantes de los estudiantes regulares, que constituyen el tercio del número total de los miembros del Consejo. Deben pertenecer al tercio superior y haber aprobado como mínimo treinta y seis créditos, esto de conformidad con el artículo 58° de la Ley Universitaria - Ley N° 30220; Que, mediante Carta S/N de fecha 09 de octubre la Universidad Nacional de Colombia con sede Palmira realiza una invitación al Ing. Dr. Enrique Navarro Ramírez – Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de la Universidad Nacional de San Martín, a fi n de realizar una visita institucional con el propósito de fortalecer los lazos académicos y promover el intercambio de experiencias y conocimientos entre ambas instituciones; visita que estará programada del 10 al 13 de noviembre del 2025, y estará orientada al reconocimiento de nuestras capacidades académicas y de infraestructura, así como a la exploración de oportunidades conjuntas de colaboración en áreas de interés mutuo, como la ingeniería agroindustrial y las ciencias agrarias; Que, mediante Resolución Nº 1454-2025-UNSM/ CU-R de fecha 03 de noviembre del 2025, se rati fi có la Resolución Nº 290-2025-UNSM/FIAI-CF de fecha 27 de octubre del 2025, que aprobó el permiso por Comisión de Servicio del Ing. Dr. ENRIQUE NAVARRO RAMÍREZ - Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de la UNSM, a fi n de visitar el Campus Universitario de la Universidad Nacional de Colombia - Sede Palmira del 10 al 14 de noviembre del 2025. Asimismo, puede ser visualizada en la siguiente dirección electrónica https://transparencia.unsm.edu.pe/documentos-gestion, aprobada mediante Resolución Rectoral Nº 891-2023-UNSM/R; de fecha 14-12-2023. Que con Carta Nº D000296-2025-UNSM-DAIAI el Director del Departamento Académico de Ingeniería Agroindustrial en mérito a la Carta Nº 018-2025-UNSM/DAIAI/IENR solicita al Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial el permiso correspondiente en Comisión de Servicio del Ing. Dr. Enrique Navarro Ramírez, a partir del 10 al 14 de noviembre del 2025, a fi n de realizar visita al Campus Universitario de la Universidad Nacional de Ingeniería y Administración con Sede Palmira, cuyo objetivo es promover el intercambio Académico y de Investigación, concordante con el Art. 131, inciso i del Estatuto de la UNSM, por lo que la Dirección del Departamento autoriza el viaje correspondiente, se hace presente que el dictado de Análisis Matemático I estará a cargo del Ing. Mtro. Merlin del Aguila Hidalgo en la ausencia del docente en mención; Que, mediante Carta N° D001569-2025-UNSM- VACAD, el Vicerrector Académico en mérito a la Carta Nº D000662-2025-UNSM-FIAI hace llegar al Rector la solicitud de viáticos en Comisión de Servicios del Ing. Dr. Enrique Navarro Ramírez - Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial a partir del 10 al 13 de noviembre del 2025 por viaje al extranjero con destino a la ciudad de Palmira (Colombia), a fi n de tratar la fi rma de un Convenio Especi fi co entre la Facultad de Ingeniería y Administración de la Universidad Nacional de Colombia y la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de nuestra Universidad entre otras actividades programadas; Que, al ser el señor Rector de la UNSM personero y representante legal de la Universidad Nacional de San Martín (artículo 103° del Estatuto de la UNSM y artículo 60º de la Ley Universitaria - Ley N° 30220) y entre sus atribuciones está la de Presidir el Consejo Universitario, así como hacer cumplir sus acuerdos y normas, tal como lo prescribe el numeral 62.1 del artículo 62º de la Ley Universitaria - Ley Nº 30220 y artículo 109° del Estatuto de la UNSM; Estando a lo acordado en Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 03 de noviembre del 2025 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria N° 30220, el Estatuto y Reglamento de la UNSM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios al exterior a partir del 10 al 14 de noviembre del 2025 al Ing. Dr. ENRIQUE NAVARRO RAMÍREZ - Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de la UNSM; con destino a la ciudad de Palmira (Colombia), a fi n de fortalecer los lazos académicos y promover el intercambio de experiencias y conocimientos entre ambas instituciones, que estará orientada al reconocimiento de nuestras capacidades académicas y de infraestructura, así como a la exploración de oportunidades conjuntas de colaboración en áreas de interés mutuo, como la ingeniería agroindustria y las ciencias agrarias, como también la fi rma de un Convenio Especi fi co entre la Facultad de Ingeniería y Administración de la Universidad Nacional de Colombia y la Universidad Nacional de San Martín. Artículo 2°.- Otorgar al Ing. Dr. ENRIQUE NAVARRO RAMÍREZ - Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de la UNSM, la asignación de (04) días de viáticos internacionales; de acuerdo al siguiente detalle: