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57 NORMAS LEGALES Sábado 22 de noviembre de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1°.- Elegir, al señor Contralmirante CJ (R) Crispín Darío VASQUEZ ROJAS, Vocal Supremo ante la Sala Suprema Revisora del Tribunal Supremo Militar Policial; en los cargos de Presidente del Fuero Militar Policial, Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, del Tribunal Supremo Militar Policial y de la Sala Suprema Revisora; por el periodo de dos (02) años, a partir del 07 de diciembre 2025. Artículo 2°.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución al señor Presidente Constitucional de la República, Presidente del Congreso de la República, Presidente del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Ministro de Defensa, Ministro del Interior, Ministro de Justicia y Derechos Humanos; y , Magistrado electo. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/fmp), en el Portal de Transparencia Estándar, y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese. ARTURO ANTONIO GILES FERRER Presidente del Fuero Militar Policial 2461331-1 Modifican la Resolución Administrativa N° 015-2025-FMP/DE y delegan diversas facultades y atribuciones en el Director Ejecutivo y en el Director de Logística del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 127-2025-FM P/P/DIRLOG Lima, 19 de noviembre de 2025 VISTO:El Memorándum N° 797-2025-FMP/DE del 24 de octubre 2025 del Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, el Informe Técnico N° 044-2025-FMP/DE/ OPLANIF del 29 de octubre 2025 del Jefe de la O fi cina de Plani fi cación de la Dirección Ejecutiva del Fuero Militar Policial, el Informe Técnico N° 36-2025-FMP/DE/DIRLOG/OFIC del 21 de octubre 2025 del Director de Logística del Fuero Militar Policial, y el Informe Legal N° 192-2025/FMP/OAJ del 14 de noviembre 2025 del Jefe (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial. CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29182 de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como organismo autónomo, independiente e imparcial, competente únicamente para juzgar los delitos de función; Que, mediante la Ley N° 29182, establece lo siguiente: “Artículo 51.- Dirección Ejecutiva.- La Dirección Ejecutiva es el órgano de más alta jerarquía administrativa y depende del Presidente del Fuero Militar Policial. El Director Ejecutivo es designado por el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial a propuesta de su Presidente. (…)”; Que, a través de la Resolución Administrativa N° 065- 2022-FMP/CE/SG del 29 de agosto 2022, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, el cual dispone en el inciso 2 de su artículo 7°, que una de las atribuciones del Presidente es representar al Fuero Militar Policial ante las entidades públicas y privadas, pudiendo delegar esta representación; Que, los numerales 78.1 y 78.2 del artículo 78° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señalan que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, y que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Asimismo, el numeral 78.2 del mismo artículo, establece que son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, así como las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado actos objeto de recurso y las que a su vez son recibidas en delegación; Que, la Ley N° 32069 .- Ley General de Contrataciones Públicas, establece el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular, en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento; asimismo, conforme a lo dispuesto en el literal l) del numeral 3.2 del artículo 3° de la indicada Ley: “Las organizaciones creadas conforme al ordenamiento jurídico nacional con autonomía y capacidad para gestionar sus contrataciones”; en concordancia con el literal a) y b) del artículo 25° el titular de la entidad es la máxima autoridad de la gestión administrativa al interior de la entidad contratante conforme a sus normas de creación y organización; Que, mediante la Directiva N° 0007-2025-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0022-2025-EF/54.01 y publicada el 12 de junio de 2025, establece disposiciones para que la entidad del Sector Público u organización de la entidad, programe sus necesidades, bienes, servicios y obras para el cumplimiento de sus metas, objetivos estratégicos y operativos, la misma que en el numeral 24.1 del artículo 24° estable Cuadro Multianual de Necesidades, correspondiente a la Fase de Clasi fi cación y Priorización, el cual es suscrito y remitido a la Máxima autoridad administrativa de la Entidad del Sector Público para su respectiva fi rma; Que, en sesión del 24 de agosto 2022, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó aprobar las modi fi caciones del Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, dentro de las que se encuentra como función del Director de Administración y Finanzas, la señalada en el numeral 7 del artículo 32° que a la letra dice: “Suscribir y presentar los estados fi nancieros y presupuestales en forma trimestral y semestral, así como el cierre presupuestal anual”; Que, atendiendo a la estructura orgánica del Fuero Militar Policial y con el propósito de dar celeridad y optimizar la gestión administrativa en la entidad, resulta necesario delegar facultades y atribuciones asignadas al Presidente del Fuero Militar Policial, en materia de contratación en el mercado nacional, en temas administrativos, bienes, de gestión, en materia presupuestaria, de inversión pública, de tesorería y laboral; las mismas que no son privativas de su función como titular de la entidad; Que, mediante Resolución Administrativa N° 015- 2025-FMP/DE del 31 de enero se aprobó la delegación de facultades en materia de contrataciones del Estado, en materia de bienes muebles e inmuebles, en materia contable, presupuestal y de inversión pública, en materia laboral; A lo solicitado por el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, a lo informado por el Jefe de la O fi cina de Plani fi cación de la Dirección Ejecutiva del Fuero Militar Policial, a lo propuesto por la Dirección de Logística del Fuero Militar Policial, y lo opinado por el Jefe (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi fi car el numeral 1.1 del artículo 1° en materia de contrataciones con el Estado de la Resolución Administrativa N° 015-2025-FMP/DE del 31 de enero. Artículo 2°.- Delegar en el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, las siguientes facultades y atribuciones: EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi caciones.