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47 NORMAS LEGALES Sábado 22 de noviembre de 2025 El Peruano / la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área afectada del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO M. PRIETO BARRERA Ministro de Transportes y Comunicaciones Designan Jefe de la Unidad Zonal II – Lambayeque del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1050-2025-MTC/20 Lima, 7 de noviembre de 2025 VISTO:La Carta N° 19-2025-MTC/20.14.2, de 6 de noviembre de 2025, mediante el cual el servidor Pedro Miguel Ruben Ventocilla Sanchez, presenta su renuncia al cargo de Jefe de la Unidad Zonal II - Lambayeque, y el Informe N° 309-2025-MTC/20.5, de 7 de noviembre de 2025 de la Ofi cina de Recursos Humanos del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2002- MTC publicado el 12 de julio de 2002, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019- MTC, se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la plani fi cación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 098- 2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la cali fi cación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo, se actualiza la cali fi cación; entre otros, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, cali fi cándolo desde el punto de vista organizacional, como un programa, bajo dependencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin afectar sus funciones, continuidad de sus actividades, identidad organizacional, denominación, ni las obligaciones o derechos que tuviera; Que, por el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 53- 2025-MTC/20, de fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano el 19 de febrero de 2025, se designó, al ingeniero Pedro Miguel Ruben Ventocilla Sanchez en el cargo de confi anza de Jefe de la Unidad Zonal II - Lambayeque, del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se da por aceptada, la renuncia presentada por el ingeniero Pedro Miguel Ruben Ventocilla Sanchez, al cargo ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA AFECTADA DE UN (01) INMUEBLE, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA MOQUEGUA - OMATE - AREQUIPA, TRAMO II, KM. 35 AL KM. 153.50” NºSujeto Activo / BeneficiarioSujeto Pasivo Identificación del Bien InmuebleValor de la Tasación (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALAPAZA ESTEBAN SEFERINOCódigo: MA-TA-319 Área Afectada : 92.00 m2 Afectación: Parcial del inmueble 3 680,00Linderos y medidas perimétricas del ÁREA AFECTADA: • Por el Norte : Punto de intersección entre los linderos Este y Oeste. / Longitud: 0.00 m.• Por el Sur: Punto de intersección entre los linderos Este y Oeste. / Longitud: 0.00 m. • Por el Este : Colinda con la U. C. 03747 (terreno remanente en posesión del mismo titular). / Longitud: 52.17 m. • Por el Oeste: Colinda con la U. C. 03745. / Longitud: 53.20 m. Partida Registral N° 11011255 de la Oficina Registral de Moquegua, Zona Registral N°XIII – Sede Tacna. Informe Técnico N° 190-2025- MTC/20.11.2/JSAV de fecha 10 de setiembre 2025, suscrito por Verificador Catastral.Coordenadas UTM de validez universal del inmueble Vértices LadoDistancia (m) WGS84 Este (X) Norte (Y) A A-B 31.48 268088.3045 8161148.5355 B B-C 3.45 268094.4014 8161117.6512 C C-D 3.45 268095.1765 8161114.2919 D D-E 3.45 268096.1578 8161110.9826 E E-F 3.45 268097.3452 8161107.7432 F F-G 3.44 268098.7387 8161104.5839 G G-H 3.45 268100.3219 8161101.5245 H H-I 1.18 268102.0932 8161098.5599 I I-J 3.45 268101.2619 8161099.3953 J J-K 10.65 268098.9036 8161101.9147 K K-L 10.02 268094.0221 8161111.3827 L L-M 6.13 268090.7238 8161120.8406 M M-N 11.69 268089.4622 8161126.8393 N N-O 5.22 268088.9921 8161138.5167 O O-A 4.86 268088.2088 8161143.6756 2461524-1