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43 NORMAS LEGALES Sábado 22 de noviembre de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la ejecución de la Expropiación de las áreas afectadas del inmueble y del valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas afectadas de un (01) inmueble para la ejecución de la obra: “Mejoramiento de la Carretera Moquegua – Omate – Arequipa, Tramo II, Km. 35 al Km. 153.50” y el valor de la Tasación, ascendente a S/ 1 363,20 (MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES Y 20/100 SOLES), correspondiente al código MA-TA-338, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir las áreas afectadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir las áreas expropiadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto de las áreas expropiadas del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción registral de las áreas afectadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario las áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas del bien inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas expropiadas del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALDO M. PRIETO BARRERA Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE A LAS ÁREAS AFECTADAS DE UN (01) INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE L A CARRETERA MOQUEGUA - OMATE - AREQUIPA, TRAMO II, KM. 35 AL KM. 153.50” NºSujeto Activo / BeneficiarioSujeto Pasivo Identificación del Bien InmuebleValor de la Tasación (S/) 1Ministerio de Transportes y Comunicaciones - PROVIAS NACIONALVIZCARRA VDA DE MAMANI, JUANA TEOFILA MAMANI VIZCARRA, ADA ARCADIA MAMANI VIZCARRA, FAVIO FRANCISCO MAMANI VIZCARRA, REYNALDO PEDRO MAMANI VIZCARRA, ORIALIS FRANCISCA MAMANI VIZCARRA, MACK ALEJANDRO MAMANI VIZCARRA, HERNANDO LEONIDASCódigo: MA-TA-338 Área Afectada : 34.08 m2 Afectación: Parcial del inmueble 1 363,20Linderos y medidas perimétricas del ÁREA AFECTADA 01: Coordenadas UTM de validez universal del inmueble - Por el Norte : Punto de intersección de los linderos Este y Oeste. / Longitud: 0.00 m. Vértices LadoDistancia (m) WGS84 - Por el Sur: Colinda con la U. C. 02244 camino público por medio. / Longitud: 1.02 m.Este (X) Norte (Y) - Por el Este : Colinda con la carretera Moquegua - Omate - Arequipa, acequia regadora por medio. / Longitud: 24.93 m.Área Afectada 01 (30.15 m2) - Por el Oeste: Colinda con la U. C. 02245 (terreno remanente del predio inscrito en PE 05067954 Y 11010054). / Longitud: 24.25 m.1 1-2 5.84 296056.5592 8133213.6942 Linderos y medidas perimétricas del ÁREA AFECTADA 02: 2 2-3 13.69 296057.7625 8133207.9831 - Por el Norte : Punto de intersección de los linderos Este y Oeste. / Longitud: 0.00 m.3 3-4 5.40 296054.5907 8133194.6634 - Por el Sur: C Punto de intersección de los linderos Este y Oeste. / Longitud: 0.00 m.4 4-5 1.02 296053.9192 8133189.3098 - Por el Este : Colinda con la carretera Moquegua - Omate - Arequipa, acequia regadora por medio. / Longitud: 14.12 m.5 5-1 24.25 296052.9822 8133189.7130 - Por el Oeste: Colinda con la U. C. 02245 (terreno remanente del predio inscrito en PE 05067954 Y 11010054). / Longitud: 4.16 m.Área Afectada 02 (3.93 m2) Partida Registral N° 11010054 de la Oficina Registral de Moquegua, Zona Registral N° XIII – Sede Tacna.1 1-2 2.25 296066.6608 8133281.4174 Informe Técnico N° 090-2025-PGMP de fecha 06 de junio de 2025, suscrito por la Verificadora Catastral.2 2-3 11.87 296066.8932 8133279.1835 3 3-1 14.03 296064.5903 8133267.5367 2461309-1