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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (22/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Sábado 22 de noviembre de 2025 El Peruano / 1591-2025-UNIFSLB-CO/VPA, su fecha 21 de octubre del 2025Informe Nº 953-2025-UNIFSLB-P/OPP, su fecha 04 de noviembre del 2025; O fi cio Nº 064-2025-UNIFSLB- CO/P/SG, su fecha 06 de noviembre del 2025; Informe Nº 173-2025-UNIFSLB-P/OPP/UPPM, u fecha 07 de noviembre del 2025; O fi cio Nº 327-2025-UNIFSLB-P/OPP, su fecha 07 de noviembre del 2025; Acuerdo de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora Número Cuarenta y Uno (041), de fecha 05 de noviembre de 2025; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, la universidad es la comunidad de profesores, alumnos y graduados. (...). Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes. Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en su artículo 8° establece que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente ley y demás normas aplicables. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes 8.1 Normativo, implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas (estatuto y reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria . 8.2 De gobierno, implica la potestad autodeterminativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria, con atención a su naturaleza, características y necesidades. Es formalmente dependiente del régimen normativo . 8.3 Académico, implica la potestad autodeterminativa para fi jar el marco del proceso de enseñanza aprendizaje dentro de la institución universitaria. Supone el señalamiento de los planes de estudios, programas de investigación, formas de ingreso y egreso de la institución, etc. Es formalmente dependiente del régimen normativo y es la expresión más acabada de la razón de ser de la actividad universitaria . 8.4) administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fi nes de la institución Universitaria, incluyendo las de organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo . 8.5 Económico, implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer del patrimonio institucional; así como para fi jar los criterios de generación y aplicación de los recursos . Así mismo, en el artículo 59) inciso 13), respecto a las atribuciones del Consejo Universitario, establece: Celebrar convenios con universidades extranjeras, organismos gubernamentales, internaciones u otros sobre investigación cientí fi ca y tecnológica, así como otros asuntos relacionados con las actividades de la Universidad. Que, el artículo 29º de la Ley Universitaria — Ley N° 30220 establece lo siguiente: “Comisión Organizadora: (...) Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”. Que, el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, en el artículo IV del Título Preliminar establece que son principios del procedimiento administrativo, Principio de legalidad. – Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los cuales les fueron conferidas. Lo que signi fi ca que la actuación de las autoridades de las entidades de la administración pública, como la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, deben restringir su accionar a lo estrictamente estipulado en las facultades y funciones conferidas en la Constitución, la Iey y las normas administrativas. Que, mediante Ley Nº 29614, se creó la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en el Distrito de Bagua, Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas. Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 144-2024-MINEDU, de fecha 03 de diciembre del 2024, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua. Que, con el correo electrónico, su fecha 02 de octubre del 2025: a las 9:45 horas, a través del correo electrónico maguirre@unibagua.edu.pe, le remite al correo informacic@civiles.org, Adriana.carvajall@c fi a.cr, mediante el cual se indica lo siguiente: “ (…) el día de ayer se envió un o fi cio dirigido a la Ing. Carolina Maliaño al correo de la secretaria Adriana, cuya copia adjunto (…) ”. Que, mediante el O fi cio Nº 0513-2025-UNIFSLB-CO/ VPA/FI, su fecha 01 de octubre del 2025, el Coordinador (e) de la Facultad de Ingenierías de la UNIFSLB, remite a la Directora del Colegio de Ingenieros Civiles de Costa Rica, indicando en el asunto: “ Solicito aceptación de visita guiada ”; asimismo, precisa lo siguiente: “ (…) Nuestra casa superior de estudios, en el marco de sus actividades académicas, tiene programado realizar pasantías internacionales con el propósito de fortalecer la formación profesional de nuestros estudiantes de Ingeniería Civil. En ese sentido, se ha considerado pertinente realizar una visita estudiantil a las instalaciones del colegio de Ingenieros civiles de Costa Rica, para recibir algunas charlas técnicas y visitar alguna obra importante en la ciudad de San José o algún lugar cercano, los días 24, 25 y 26 de noviembre del presente año, con la participación de 15 estudiantes del X ciclo y 2 docentes acompañantes (…)”. Que, a través del correo electrónico, su fecha 02 de octubre del 2025, a las 11:56 horas, maguirre@unibagua.edu.pe le remite a domingo.delgado@ulatina.cr; indicándole lo siguiente: “ (…) Buen día, le saluda el Mg. Ing. Marco Antonio Aguirre Camacho, docente y coordinador de la Facultad de Ingenierías de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua (departamento de Amazonas, Perú). Entre la tercera y cuarta semana del mes de noviembre de este año tenemos una visita programada a Costa Rica, por lo que nos gustaría visitar vuestra universidad, especí fi camente a las instalaciones y laboratorios de Ingeniería Civil (…) ”. Que, por medio del correo electrónico, su fecha 03 de octubre del 2025 a las 11:25 horas, desde el correo electrónico domingo.delago@ulatina.cr al correo maguirre@unibagua.edu.pe, indicándole lo siguiente: “(…) fi jemos el lunes 24 de noviembre en el horario de la mañana. Voy a dejar a su disposición el horario de 9 am a 12 m en la Sede de Heredia (…) ”. Que, con el O fi cio Nº 0516-2025-UNIFSLB-CO/VPA/ FI, su fecha 03 de octubre del 2025, el Coordinador (e) de la Facultad de Ingenierías de la UNIFSLB; remite al Director Académico de Ingeniería Civil de la Universidad Latina de Costa Rica, indicando en el asunto: “ Solicito aceptación de visita guiada ”; asimismo, precisa lo siguiente: “ (…) Nuestra casa superior de estudios, en el marco de sus actividades académicas, tiene programado realizar pasantías internacionales con el propósito de fortalecer la formación profesional de nuestros estudiantes de Ingeniería Civil. En ese sentido, se ha considerado pertinente realizar una visita estudiantil especí fi camente a los laboratorios de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional Latina de Costa Rica, los días 21 y 24 de noviembre del presente año, con la participación de 15 estudiantes del X ciclo y 2 docentes acompañantes (…) ”. Que, por medio del correo electrónico maguirre@ unibagua.edu.pe, su fecha 18 de setiembre del 2025, a las 12:05 horas, remite al correo aguayrh@gmail.com, indicando lo siguiente: “ (…) Dr. Mario Arias Salguero Le saluda MARCO ANTONIO AGUIRRE CAMACHO, ingeniero civil de profesión, estudiante de sus cursos relacionados al agua que usted imparte virtualmente en la Universidad de Costa Rica. Así mismo Dr., actualmente soy coordinador (decano) de la Facultad de Ingenierías de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua (Perú), Universidad de reciente creación (2010) que cuenta con autoridades como Comisión Organizadora (Presidente, vicepresidente académico y vicepresidente de investigación) que hacen las veces de rector y vicerrectores. La Facultad de Ingenierías tiene