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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (29/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / correspondiente a la actualización de los datos de la cámara fotográ fi ca digital con fechador incorporado, con la que acredita que el equipamiento se encuentra acorde con el Reglamento; Que, se veri fi có en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito – SINARETT que, a la fecha de emisión de la presente Resolución Directoral, la Empresa no registra nulidad o sanción de cancelación y/o inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi ca que la Empresa cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo – CITV Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. San Pedro S/N Parcela A-1E, U.C. N° 11339, Sector San Vicente, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, en el marco de lo establecido en el procedimiento “DCV 022: Autorización para funcionamiento como centro de inspección técnica vehicular fi jo – CITV Fijo, del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 del Reglamento y normas complementarias; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de la DCV en el Informe N° 0347- 2025-MTC/17.03.01, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; la Resolución Directoral N° 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2022-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR a la empresa REVISIONES TECNICAS L&J S.A.C. – RT L & J S.A.C., identi fi cada con RUC N° 20614027275, por el plazo de cinco (05) años, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. San Pedro S/N Parcela A-1E, U.C. N° 11339, Sector San Vicente, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima. Artículo 2.- La empresa REVISIONES TECNICAS L&J S.A.C. – RT L & J S.A.C. debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC, sus modi fi catorias, y normas complementarias. Artículo 3.- ACREDITAR, en la nómina del personal, al siguiente personal propuesto por la empresa REVISIONES TECNICAS L&J S.A.C. – RT L & J S.A.C., para la operación del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV: RELACIÓN DEL PERSONAL ACREDITADO PARA LA OPERACIÓN DEL CIT V NOMBRES Y APELLIDOS CARGO HECTOR MARTIN LAYME OLIVERAINGENIERO SUPERVISOR TITULAR CARLOS ALBERTO HUAMANCHUMO CAPUÑAYINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE CARLOS ENRIQUE SOLANO BOCANEGRA INSPECTOR WILLIAM JAMES NUÑEZ ALARCON INSPECTOR JOHN ALEXANDER CHERO SILVA INSPECTOR VLADIMIR BENDITA CONDORI INSPECTORArtículo 4.- ESTABLECER que la empresa REVISIONES TECNICAS L&J S.A.C. – RT L & J S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza 29 de agosto de 2026 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 29 de agosto de 2027 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 29 de agosto de 2028 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 29 de agosto de 2029 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 29 de agosto de 2030 Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fi scalización, en el marco de sus competencias. Artículo 7.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa REVISIONES TECNICAS L&J S.A.C. – RT L & J S.A.C., en el domicilio ubicado en Av. San Pedro S/N Parcela A-1E, U.C. N° 11339, Sector San Vicente, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima y/o en el correo electrónico: revisionestecnicaslyj@gmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA Director de la Dirección de Circulación Vial 2462502-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Actualizan diversos Formatos del Plan de Operaciones de las Intervenciones de la Cooperación Técnica Internacional (CTI), aprobados por la R.D. N° 103-2019/APCI-DE RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 127-2025/ APCI-DE Mira fl ores, 25 de noviembre 2025 VISTOS: El Informe N° 2099-2025-APCI/DOC-BEN, del 17 de noviembre de 2025, de la Subdirección de Bene fi cios de la Dirección de Operaciones y Capacitación; el Memorándum N° 1681-2025-APCI/DOC, del 17 de noviembre de 2025, de la Dirección de Operaciones y Capacitación; el Informe N° 0064-2025-APCI/OPP, del 24 de noviembre de 2025, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 0295-2025-APCI/OAJ, del 24 de noviembre de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana