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69 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / la Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio del distrito, provincia de Arequipa, al respecto la Sala Mixta registra una carga procesal de solo 3 expedientes en trámite y 19 en reserva, dado su naturaleza jurisdiccional limita su capacidad operativa en función liquidadora, por su parte, la Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio, demuestra una gestión e fi ciente, destacable. Por tanto, la redistribución resulta atendible, en razón de que en las condiciones actuales garantiza el cumplimiento de los objetivos institucionales. En cuanto al pedido de la Corte Superior de Justicia de Huánuco referido a la redistribución de expedientes de del 1°, 2°, 5° y 6° Juzgado de Investigación Preparatoria de Huánuco al Juzgado Transitorio Especializado de Extinción de Dominio de Huánuco, se precisa que los homólogos permanentes cumplen con los estándares de producción al periodo de análisis; no obstante, registran una persistente sobrecarga procesal. Por tanto, se ha determinado que el Juzgado Transitorio Especializado de Extinción de Dominio registra un buen nivel de producción y que en su función investigación preparatoria no cuenta con carga pendiente por tramitar. En tal sentido, la propuesta de redistribución de expedientes resulta viable, en concordancia con el plazo de prórroga vigente asignado. Respecto a la propuesta presentada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura, referida a la redistribución de expedientes desde el 1°, 2°, 3°, 4° y 5° Juzgado Penal Unipersonal de Piura hacia el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio, se veri fi ca que los órganos unipersonales registran una sobrecarga procesal, así como una elevada programación de audiencia hasta fi nales del año 2027. Este escenario limita la capacidad de brindar un servicio de justicia oportuno y e fi ciente, aun cuando los juzgados mantienen niveles adecuados de producción conforme a los estándares institucionales. Asimismo, el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio presenta, en su función unipersonal, una carga procesal estándar y reporta data negativa; sin embargo, en atención al principio de acceso a una justicia célere, oportuna, considerando la elevada sobrecarga, saturación de agenda de los juzgados unipersonales, y teniendo la capacidad operativa disponible para asumir carga adicional En consecuencia, la propuesta de redistribución de expedientes resulta técnicamente atendible, en concordancia con el periodo de prórroga vigente asignado. Finalmente, durante la evaluación de las propuestas se evidenció el incumplimiento de los estándares de producción y la existencia de inconsistencias en la calidad de la información. En consecuencia, dispóngase que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, en coordinación con sus respectivas O fi cinas Técnicas, remitan un informe detallando las causas identi fi cadas y las acciones adoptadas para su corrección. Asimismo, deberán convocar a la CDI, remitir los resultados y planes de trabajo orientados a optimizar la gestión del proceso penal. Sin perjuicio de ello, las Presidencias evaluarán, dentro del ámbito de sus competencias, si el desempeño del magistrado y del personal se encuentra alineado con los objetivos institucionales. Cuarto. Que, en consecuencia, por lo expuesto en el mencionado informe y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan prorrogar el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N.º 1613- 2025 de la quincuagésima séptima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 26 de noviembre de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Cáceres Valencia por encontrarse de vacaciones, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a partir del 1 de diciembre de 2025: HASTA EL 31 DE MAYO DE 2026 DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH- Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito y provincia de Carhuaz. DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO- Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Cusco. - Juzgado Penal Unipersonal de Descarga Especializado en Delitos de Corrupción de funcionarios del distrito y provincia de Cusco. DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO- Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Llata y provincia de Huamalíes DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD- Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito y provincia de Trujillo DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE- Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Matucana y provincia de Huarochirí DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE- 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Los Olivos y provincia de Lima. - 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Los Olivos y provincia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN- 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Yurimaguas y provincia de Alto Amazonas HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2026 DISTRITO JUDICIAL DE AYACUCHO- Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Ayacucho y provincia de Huamanga HASTA EL 31 DE MARZO DE 2026 DISTRITO JUDICIAL DE HUAURA- Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Huacho y provincia de Huaura DISTRITO JUDICIAL DE ICA- Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio Zona Sur de Ica del distrito y provincia de Ica HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2026 DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO- Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Flagrancia del distrito y provincia del Callao.