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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (29/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / Quinto. Que, por Resolución Administrativa N° 000482-2023-CE-PJ de fecha 24 de noviembre de 2023, se aprobó la actualización del “Reglamento de Funcionamiento del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral”. Sexto. Que, está dentro de las funciones del Equipo Técnico Distrital garantizar las labores de supervisión, evaluación y monitoreo, directamente a la Corte Superior de Justicia de Huaura, respecto a la implementación de la Oralidad Civil. Sétimo. Que, por O fi cio N° 002139-2025-P-CSJHA- PJ de fecha 14 de noviembre de 2025, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, remite el Plan de implementación del segundo tramo de la oralidad civil para su estudio y revisión. Dicho Plan establece en la identi fi cación de los órganos jurisdiccionales para la entrada en vigencia del modelo oral a las siguientes dependencias: DISTRITO JUDICIALPROVINCIA DISTRITO COD. SIGA DEPENDENCIA HUAURA HUAURA HUACHO 5261 Sala Civil Octavo. Que, estando a la información, estadística presentada y sustentada por la Corte Superior de Justicia de Huaura mediante reportes emitidos por los sistemas informáticos respectivos, se precisa que el órgano jurisdiccional propuesto ingresará al modelo oral con su carga pendiente, por consiguiente, la propuesta elevada señala que no habrá una redistribución total de expedientes. Noveno. Que, en ese contexto, el señor Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial y del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000114-2025-ST-ETIIOC-CE- PJ, elaborado por la Secretaría Técnica del citado equipo, el cual concluye que según el análisis realizado al Plan de Implementación presentado por la Corte Superior de Justicia de Huaura, resulta viable la incorporación de la Sala Civil permanente de Huaura para integrar el Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de Huaura, toda vez que ha dado cumplimiento a los alcances del Protocolo de Implementación del Modelo de Oralidad Civil en las Cortes Superiores de Justicia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N.º 1591- 2025 de la quincuagésima séptima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 26 de noviembre de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Cáceres Valencia por encontrarse de vacaciones, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero. Implementar a partir del 16 de diciembre de 2025, el segundo tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Huaura, en el siguiente órgano jurisdiccional del distrito de Huacho, provincia y departamento de Huaura: − Sala Civil Permanente de Huaura Artículo Segundo. Disponer que los señores magistrados y el personal contratado bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 728 y Decreto Legislativo N° 1057 del órgano jurisdiccional señalado en el artículo primero, integren el segundo tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Huaura. Artículo Tercero. Disponer que la Corte Superior de Justicia de Huaura, elabore el informe de reordenamiento y actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), que incluya a los órganos que conforman el segundo tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Huaura, para revisión y validación por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial y el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. Artículo Cuarto. Disponer la aplicación de las normas contenidas en la Resolución Administrativa N° 000482-2023-CE-PJ y en el Protocolo de Actuación en el Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral vigente; en los extremos que resulten pertinentes a la Sala Civil Permanente de Huaura, como órgano jurisdiccional integrante del segundo tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Huaura. Artículo Quinto. Disponer que el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre la ejecución del Plan de implementación del segundo tramo de la oralidad civil en la Corte Superior de Justicia de Huaura. Artículo Sexto. Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Corte Superior de Justicia de Huaura, O fi cina de Productividad Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI PresidentaConsejo Ejecutivo 2463849-1 Disponen ampliación de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Contencioso Administrativo subespecialidad en Temas de Mercado para la 8° Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria y Aduanera de Lima, y el 32° y 33° Juzgados Contenciosos Administrativos con subespecialidad Tributaria y Aduanera de Lima, de la Corte Superior de Justicia de Lima Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000428-2025-CE-PJ Lima, 28 de noviembre del 2025VISTO:El O fi cio Nº 000112-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio Nº 000112-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la ampliación de las funcionalidades del sistema Expediente Judicial Electrónico (EJE) en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, en cumplimiento