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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (29/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / en el puesto de Jefa de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto con Código AIRHSP N° 003423 de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU. Artículo 2 .- Noti fi car la presente resolución a la señora YULLIANA LIZBET TOCTO PINTADO y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu). Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID AUGUSTO HERNÁNDEZ SALAZAR Presidente Ejecutivo 2463972-1 ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 00098-2025-OEFA/PCD Mediante O fi cio N° 729-2025-OEFA/GEG, la Gerencia General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00098-2025-OEFA/PCD, publicada en la edición del 20 de noviembre de 2025. En el artículo 1:DICE: Artículo 1°.- Designar, con efectividad a partir del 20 de noviembre de 2025, a las siguientes personas en los puestos de con fi anza que a continuación se detallan y disponer su ingreso al régimen laboral de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil:: N° Nombres y Apellidos PuestoCódigo de puesto según el CPE 1John Alonso Pacora BenitesJefe/a de la Oficina de Asesoría JurídicaDP0102045 2 Katia Ormeño YomonaJefe/a de la Oficina de AdministraciónDP0102073 3Ana Isidora Troncos SamaniegoEjecutivo/a de la Unidad de AbastecimientoCA0104105 DEBE DECIR: Artículo 1°.- Designar, con efectividad a partir del 20 de noviembre de 2025, a las siguientes personas en los puestos de con fi anza que a continuación se detallan y disponer su ingreso al régimen laboral de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil:: N° Nombres y Apellidos PuestoCódigo de puesto según el CPE 1John Alonso Pacora BenitesJefe/a de la Oficina de Asesoría JurídicaDP0102045 2Katia Ormeño Yomona de AlcaldeJefe/a de la Oficina de AdministraciónDP0102073 3Ana Isidora Troncos SamaniegoEjecutivo/a de la Unidad de AbastecimientoCA0104105 2463541-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Modifican Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a infracciones del Código Tributario, aprobado por la Res. N° 063-2007/SUNAT , respecto a la gradualidad aplicable a la sanción de multa por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000355-2025/ SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD APLICABLE A LAS INFRACCIONES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO, APROBADO POR LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 063-2007/ SUNAT, RESPECTO DE LA SANCIÓN DE MULTA APLICABLE A LA INFRACCIÓN TIPIFICADA EN EL NUMERAL 1 DEL ARTÍCULO 176 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO Lima, 28 de noviembre de 2025CONSIDERANDO:Que, al amparo de la facultad discrecional prevista en el artículo 166 del Código Tributario, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 063-2007/SUNAT se aprobó el Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a las infracciones del Código Tributario, que gradúa, entre otras sanciones, la multa aplicable por la comisión de la infracción tipi fi cada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario, consistente en no presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos; Que, a fi n de incentivar el cumplimiento de la obligación de presentar la declaración tributaria que contiene la determinación de la obligación tributaria, resulta conveniente modi fi car el Reglamento del Régimen de Gradualidad a efectos de brindar mayores incentivos para la regularización de dicha obligación relacionada con las declaraciones correspondientes a los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de primera y cuarta categoría y la declaración anual del Impuesto a la Renta por rentas distintas a la de tercera categoría; lo que permitirá a esta administración tributaria, además, contar con la información necesaria para un control efectivo de dichas obligaciones tributarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 166 del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; el artículo 11 de la Ley General de la SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 501; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y por el inciso k) del artículo 10 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo Nº 040-2023-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto y fi nalidad La presente resolución tiene por objeto modi fi car el Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a las infracciones del Código Tributario, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 063-2007/SUNAT, respecto a la gradualidad aplicable a la sanción de multa