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13 NORMAS LEGALES Viernes 10 de octubre de 2025 El Peruano / mismo cuerpo normativo, establece que los ascensos son otorgados por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema, para O fi ciales Generales y Almirantes; Que, el artículo 7 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, precisa el tiempo mínimo de años de servicios reales y efectivos, en cada grado militar, es computado al 31 de diciembre del año anterior a la promoción de ascenso; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0207- 2021-DE y sus modi fi catorias, se aprobaron los “Planes Estratégicos de Mediano Plazo para la Administración de Personal de las Instituciones Armadas, periodo 2022- 2026”, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú; Que, con Decreto Supremo N° 009-2025-DE, se aprobaron los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2026; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 01280- 2025-DE, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso del Personal Militar del Ejército del Perú AF- 2025, Promoción 2026; Que, la Junta de Selección para el Ascenso a los grados de O fi ciales Generales ha establecido el Acta Final N° 3 (Cuadros de Mérito) de fecha 07 de octubre de 2025, que constituyen la propuesta institucional de ascensos para los grados de O fi ciales Generales, en observancia a lo previsto en el artículo 34 y en el literal b) del artículo 35 de la Ley N° 29108, así como en los literales b) y c) del artículo 50 y el artículo 51 de su Reglamento, y de conformidad a las vacantes previstas en la Resolución Ministerial N° 01280-2025-DE; Que, la propuesta Institucional antes citada es producto del orden correlativo de la cali fi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos, oportunidad y ética, contemplados en el artículo 3 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas; Que, el numeral 1 del inciso A) del artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2015-DE, mediante el cual se determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán a los distintos órganos del Ministerio de Defensa, establece que por Resolución Suprema se aprobarán los ascensos y cambios de Situación Militar de Ofi ciales Generales y Almirantes; Estando a lo recomendado por la Junta de Selección para el ascenso al grado de General de Brigada; y, a lo propuesto por la Comandancia General del Ejército del Perú; De conformidad con el numeral 4 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008- DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Ascender, con fecha 01 de enero de 2026, al grado de General de Brigada, al señor Coronel del arma de Ingeniería DIAZ FERNANDEZ FERNANDO DAVID, otorgándole el despacho correspondiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2446797-6 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 050-2025-DE Lima, 9 de octubre de 2025VISTO: El O fi cio N° 194 /SCGE/N-04 del Comandante General del Ejército del Perú, de fecha 07 de octubre de 2025. CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE, regulan los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el artículo 37 del citado Reglamento de la Ley Nº 29108, concordante con el artículo 35 y artículo 36 del mismo cuerpo normativo, establece que los ascensos son otorgados por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema, para O fi ciales Generales y Almirantes; Que, el artículo 7 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, precisa el tiempo mínimo de años de servicios reales y efectivos, en cada grado militar, es computado al 31 de diciembre del año anterior a la promoción de ascenso; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0207- 2021-DE y sus modi fi catorias, se aprobaron los “Planes Estratégicos de Mediano Plazo para la Administración de Personal de las Instituciones Armadas, periodo 2022-2026”, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú; Que, con Decreto Supremo N° 009-2025-DE, se aprobaron los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2026; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 01280- 2025-DE, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso del Personal Militar del Ejército del Perú AF-2025, Promoción 2026; Que, la Junta de Selección para el Ascenso a los grados de O fi ciales Generales ha establecido el Acta Final N° 3 (Cuadros de Mérito) de fecha 07 de octubre de 2025, que constituyen la propuesta institucional de ascensos para los grados de O fi ciales Generales, en observancia a lo previsto en el artículo 34 y en el literal b) del artículo 35 de la Ley N° 29108, así como en los literales b) y c) del artículo 50 y el artículo 51 de su Reglamento, y de conformidad a las vacantes previstas en la Resolución Ministerial N° 01280-2025-DE; Que, la propuesta Institucional antes citada es producto del orden correlativo de la cali fi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos, oportunidad y ética, contemplados en el artículo 3 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas; Que, el numeral 1 del inciso A) del artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2015-DE, mediante el cual se determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán a los distintos órganos del Ministerio de Defensa, establece que por Resolución Suprema se aprobarán los ascensos y cambios de Situación Militar de Ofi ciales Generales y Almirantes; Estando a lo recomendado por la Junta de Selección para el ascenso al grado de General de Brigada; y, a lo propuesto por la Comandancia General del Ejército del Perú; De conformidad con el numeral 4 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008- DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Ascender, con fecha 01 de enero de 2026, al grado de General de Brigada, al señor Coronel del Servicio de Material de Guerra GARCES SOLANO ENRIQUE GUSTAVO, otorgándole el despacho correspondiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa.