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14 NORMAS LEGALES Viernes 10 de octubre de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2446797-7 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 051-2025-DE Lima, 9 de octubre de 2025VISTO:El O fi cio N° 194 /SCGE/N-04 del Comandante General del Ejército del Perú, de fecha 07 de octubre de 2025. CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE, regulan los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el artículo 37 del citado Reglamento de la Ley Nº 29108, concordante con el artículo 35 y artículo 36 del mismo cuerpo normativo, establece que los ascensos son otorgados por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema, para O fi ciales Generales y Almirantes; Que, el artículo 7 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, precisa el tiempo mínimo de años de servicios reales y efectivos, en cada grado militar, es computado al 31 de diciembre del año anterior a la promoción de ascenso; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0207- 2021-DE y sus modi fi catorias, se aprobaron los “Planes Estratégicos de Mediano Plazo para la Administración de Personal de las Instituciones Armadas, periodo 2022-2026”, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú; Que, con Decreto Supremo N° 009-2025-DE, se aprobaron los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2026; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 01280- 2025-DE, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso del Personal Militar del Ejército del Perú AF- 2025, Promoción 2026; Que, la Junta de Selección para el Ascenso a los grados de O fi ciales Generales ha establecido el Acta Final N° 3 (Cuadros de Mérito) de fecha 07 de octubre de 2025, que constituyen la propuesta institucional de ascensos para los grados de O fi ciales Generales, en observancia a lo previsto en el artículo 34 y en el literal b) del artículo 35 de la Ley N° 29108, así como en los literales b) y c) del artículo 50 y el artículo 51 de su Reglamento, y de conformidad a las vacantes previstas en la Resolución Ministerial N° 01280-2025-DE; Que, la propuesta Institucional antes citada es producto del orden correlativo de la cali fi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos, oportunidad y ética, contemplados en el artículo 3 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas; Que, el numeral 1 del inciso A) del artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2015-DE, mediante el cual se determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán a los distintos órganos del Ministerio de Defensa, establece que por Resolución Suprema se aprobarán los ascensos y cambios de Situación Militar de Ofi ciales Generales y Almirantes; Estando a lo recomendado por la Junta de Selección para el ascenso al grado de General de Brigada; y, a lo propuesto por la Comandancia General del Ejército del Perú;De conformidad con el numeral 4 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008- DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Ascender, con fecha 01 de enero de 2026, al grado de General de Brigada, al señor Coronel del Servicio Jurídico PEÑALOZA GUERRERO JIMMY FRANK, otorgándole el despacho correspondiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2446797-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 052-2025-DE Lima, 9 de octubre de 2025VISTO:El O fi cio Nº 194/SCGE/N-04 del Comandante General del Ejército del Perú, de fecha 07 de octubre de 2025. CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, regulan los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el artículo 37 del citado Reglamento de la Ley Nº 29108, concordante con el artículo 35 y artículo 36 del mismo cuerpo normativo, establece que los ascensos son otorgados por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema, para O fi ciales Generales y Almirantes; Que, el artículo 7 de la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, precisa el tiempo mínimo de años de servicios reales y efectivos, en cada grado militar, es computado al 31 de diciembre del año anterior a la promoción de ascenso; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0207- 2021-DE y sus modi fi catorias, se aprobaron los “Planes Estratégicos de Mediano Plazo para la Administración de Personal de las Instituciones Armadas, periodo 2022- 2026”, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú; Que, con Decreto Supremo Nº 009-2025-DE, se aprobaron los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2026; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 01280- 2025-DE, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso del Personal Militar del Ejército del Perú AF-2025, Promoción 2026; Que, la Junta de Selección para el Ascenso a los grados de O fi ciales Generales ha establecido el Acta Final Nº 3 (Cuadros de Mérito) de fecha 07 de octubre de 2025, que constituyen la propuesta institucional de ascensos para los grados de O fi ciales Generales, en observancia a lo previsto en el artículo 34 y en el literal b) del artículo 35 de la Ley Nº 29108, así como en los literales b) y c) del artículo 50 y el artículo 51 de su Reglamento, y de conformidad a las vacantes previstas en la Resolución Ministerial Nº 01280-2025-DE; Que, la propuesta Institucional antes citada es producto del orden correlativo de la cali fi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores