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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (20/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 18

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Lunes 20 de octubre de 2025 El Peruano / N° 054-2001-PCM; Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento del COES, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión 25-2025, de fecha 16 de octubre 2025. SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación para comentarios Autorizar la publicación para comentarios, del proyecto de resolución de Consejo Directivo que aprueba los parámetros técnicos para el aporte de inercia sintética en la generación eléctrica, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución N° 173-2024-OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos, el Informe Técnico N° 749-2025-GRT y el Informe Legal N° 750-2025-GRT, en el portal institucional: https://www.gob.pe/institucion/ osinergmin/colecciones/5514-proyectos-normativos, y en la web: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ Resoluciones-GRT-2025.aspx. Artículo 2.- Plazo para la recepción de comentarios Otorgar un plazo de veinte días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial, sin lugar a prórroga, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios al proyecto de resolución a través de la Ventanilla Virtual de Osinergmin: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o a la dirección de correo electrónico: PRCOES@ osinergmin.gob.pe, o mediante la Mesa de Partes física con las que Osinergmin cuenta a nivel nacional. Artículo 3.- Recepción y análisis de comentarios Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolución; así como la elaboración y presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de Osinergmin. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2449615-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Rector, Vicerrector Académico y Decano de la Facultad de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo a Japón, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO - RECTOR N° 888-2025- UNASAM Huaraz, 26 de setiembre de 2025Vistos, la carta de fecha 22 de setiembre de 2025, del decano de la Facultad de Ciencia y Tecnología de Sistemas de la Universidad de la Prefectura de Akita - Japón y el O fi cio N° 439-2025-UNASAM/VRACD, de fecha 22 de setiembre de 2025, del vicerrector académico de la UNASAM; sobre autorización de viaje en comisión de servicio del Rector, Vicerrector Académico y Decano de la Facultad de Ingeniería Civil de la UNASAM, a la prefectura de Akita, del País de Japón, para la suscripción del Convenio de Colaboración Interinstitucional entre la UNASAM y la Universidad de la Prefectura de Akita - Japón; así como, su participación en las diferentes actividades a realizarse, del 19 al 30 de noviembre de 2025, en la ciudad de Akita - Japón; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, de conformidad a lo establecido en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Capítulo I de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, “La universidad es la comunidad de profesores alumnos y graduados”; asimismo, es una institución de derecho público interno, se rige por su Estatuto, sus normas internas y dentro del marco de la Constitución Política del Perú y de las Leyes; Que, mediante carta de fecha 22 de setiembre de 2025, el decano de la Facultad de Ciencia y Tecnología de Sistemas de la Universidad de la Prefectura de Akita - Japón, invita al señor rector y al vicerrector de la UNASAM, a la fi rma del Convenio de Colaboración Interinstitucional entre la Universidad de la Prefectura de Akita - Japón y la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo; así como, a la participación de las diferentes actividades que se llevarán a cabo del 19 al 30 de noviembre de 2025, en la ciudad de Akita - Japón; asimismo, señala que la suscripción del convenio fortalecerá la cooperación académica, de investigación y tecnológica entre ambas universidades; así como, contribuirá a las prácticas otorgadas a sus estudiantes y graduados, que incluirán actividades académicas y técnicas como visitas a laboratorios especializados, obras de construcción, presas y edi fi cios signi fi cativos, recorridos culturales y arquitectónicos por sitios emblemáticos de la Prefectura de Akita, y sesiones de integración con estudiantes japoneses; Que, en ese sentido, con O fi cio N° 439-2025-UNASAM/ VRACD, de fecha 22 de setiembre de 2025, el vicerrector académico de la UNASAM, remite al señor rector de la UNASAM, la carta de fecha 22 de setiembre de 2025, del decano de la Facultad de Ciencia y Tecnología de Sistemas de la Universidad de la Prefectura de Akita - Japón, mediante la cual se invita al señor rector y al vicerrector de la UNASAM, a la fi rma del Convenio de Colaboración Interinstitucional entre la Universidad de la Prefectura de Akita - Japón y la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo; así como, a participar de las diferentes actividades que se llevarán a cabo del 19 al 30 de noviembre de 2025, en la ciudad de Akita - Japón; a fi n de que se continúen con los trámites correspondientes; Que, asimismo, mediante carta de fecha 30 de setiembre de 2025, el decano de la Facultad de Ciencia y Tecnología de Sistemas de la Universidad de la Prefectura de Akita - Japón, invita al Dr. Joaquín Samuel Támara Rodríguez, decano de la Facultad de Ingeniería Civil de la UNASAM, a participar de las diferentes actividades a realizarse en la Universidad de la Prefectura de Akita - Japón, como es: la fi rma del Convenio de Colaboración Interinstitucional entre la referida universidad de Japón y la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo; así como, a la participación de las diferentes actividades; eventos que se llevarán a cabo del 19 al 30 de noviembre de 2025, en la ciudad de Akita - Japón; Que, por los considerandos expuestos y en mérito del artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, que prescribe: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la