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18 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de octubre de 2025 El Peruano / De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor MANUEL REGNER RIOS ESTRADA, en el cargo de ASESOR II del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE EDUARDO FIGUEROA GUZMÁN Ministro de Educación 2450245-1 Modifican los Anexos 2 y 3 aprobados por la Resolución Viceministerial N° 018-2025-MINEDU RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 117-2025- MINEDU Lima, 21 de octubre de 2025VISTOS, el Expediente Nº DEFID2025-INT-0876089, el Informe Nº 00512-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe Nº 01975-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 01655-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el numeral 12.5 del artículo 12 de la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación y renovación de profesores en el servicio docente en educación básica y técnico-productiva, en el marco de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 002-2025-MINEDU, establece que para la cobertura de las plazas de educación física del nivel primaria, el cronograma se ajusta considerando la aprobación de los padrones de instituciones educativas, aprobada con acto resolutivo del Ministerio de Educación, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de cada Dirección Regional de Educación y Unidad de Gestión Educativa Local asignada para estas plazas, según corresponda; Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la citada norma dispone que para el procedimiento de contratación de profesores en la Educación Básica Regular nivel primaria se consideran como vacantes, entre otras, las bolsas de horas del área curricular de educación física, en base al reporte del Sistema de Administración y Control de Plazas (NEXUS) respecto del número de plazas y techo de bolsa de horas programadas conforme al Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria focalizadas con plazas de Profesores de Educación Física conforme a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRSHP) y según lo dispuesto en las Directivas de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria vigentes para cada año fi scal; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la norma mencionada señala que el procedimiento de contratación docente para las intervenciones o acciones pedagógicas a cargo del Ministerio de Educación no regulados en dicha norma se rige por las disposiciones especí fi cas que se emitan para cada caso;Que, el numeral 5.2.1.4 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las Iniciativas Pedagógicas “Expresarte”, “Orquestando” y “Wiñaq”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 093-2024-MINEDU, establece que la implementación de la Iniciativa Pedagógica Expresarte se encuentra a cargo del Promotor Cultural, cuya contratación se efectúa de acuerdo a su norma de contratación y a la disponibilidad presupuestal asignada para tal fi n, en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto. Asimismo, el numeral 5.2.3.4 de la referida Norma Técnica dispone que la implementación de la Iniciativa Pedagógica Wiñaq se encuentra a cargo del Técnico Deportivo, cuya contratación se efectúa en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, mediante norma técnica especí fi ca de contratación docente y sujeto a la disponibilidad presupuestaria; Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 018-2025-MINEDU, se aprueba el Anexo 1: “Padrón de Instituciones Educativas Públicas del nivel Primaria focalizadas con plazas de Profesores de Educación Física para el Año Fiscal 2025”, el Anexo 2: “Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria focalizadas con plazas de Técnicos Deportivos para el Año Fiscal 2025” y el Anexo 3: “Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria focalizadas con plazas de Promotores Culturales para el Año Fiscal 2025”; modi fi cados por la Resolución Viceministerial Nº 033-2025-MINEDU; Que, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00512-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, elaborado por la Dirección de Educación Física y Deporte (DEFID), a través del cual se propone y sustenta la necesidad de modi fi car el Anexo 2: “Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria focalizadas con plazas de Técnicos Deportivos para el Año Fiscal 2025” y el Anexo 3: “Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria focalizadas con plazas de Promotores Culturales para el Año Fiscal 2025”, aprobados por la Resolución Viceministerial Nº 018-2025-MINEDU, y modi fi cados por la Resolución Viceministerial Nº 033-2025-MINEDU; a fi n de que las unidades ejecutoras del sector Educación que cuenten con fi nanciamiento puedan contratar Técnicos Deportivos y Promotores Culturales en el marco de la implementación de los Talleres Complementarios de las Iniciativas Pedagógicas “Expresarte” y “Wiñaq”; Que, mediante el Informe Nº 01975-2025-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, considera factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta; por cuanto se encuentra alineada con los documentos de plani fi cación estratégica e institucional del sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal, señala que no irroga gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación, toda vez que se ha identi fi cado que los Pliegos de los Gobiernos Regionales y Unidades Ejecutoras de Educación de Lima Metropolitana cuentan con recursos en su PIM al 01 de octubre del 2025, que permitirían fi nanciar la propuesta remitida por la DEFID en las fi nalidades 0303596 “Pago de remuneraciones de profesores técnicos deportivos” y 0346309 “Pago de remuneraciones de promotores culturales”, en la estructura funcional correspondiente; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 01655-2025-MINEDU/SG-OGAJ, emite opinión legal favorable a la propuesta; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car los Anexos 2 y 3 aprobados por la Resolución Viceministerial Nº 018-2025-MINEDU, modi fi cados por la Resolución Viceministerial Nº 033-2025-MINEDU, los cuales quedan redactados