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44 NORMAS LEGALES Jueves 23 de octubre de 2025 El Peruano / MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA Autorizan viaje del Alcalde y Gerente de Desarrollo Social, Económico y Seguridad, para participar en evento a realizarse en el Estado Plurinacional de Bolivia ACUERDO DE CONCEJO Nº 077-2025 Crnl. G. Albarracín L., 17 de octubre de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA POR CUANTO:El Concejo Municipal, en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 022 de fecha 17 de octubre del 2025, sobre APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR DE PAÍS (ORURO-BOLIVIA) AL ALCALDE LIC. NIEL BRHAM ZAVALA MEZA Y AL FUNCIONARIO ING. RONALD FERNANDO LOPÉZ ANGULO GERENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y SEGURIDAD, PARA QUE PARTICIPE EN REPRESENTACIÓN DE LA MDCGAL, ANTE LA INVITACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE CONJUNTOS DE FOLKLORE DE ORURO, A REALIZARSE EL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL 2025 EN LA CIUDAD DE ORURO - BOLIVIA; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, precisa que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo anotado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece en su articulo 39 que “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los acuerdos del Concejo Municipal son decisiones referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; y su artículo 9, numeral 11, precisa que es atribución del Concejo Municipal: “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.”; Que, LA DIRECTIVA Nº 001-2023-SGC-GA/MDCGAL “OTORGAMIENTO Y RENDICIÓN DE VIÁTICOS, PASAJES PARA LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES EN COMISIÓN DE SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA”, aprobada mediante RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 245-2025-GM/MDCGAL de fecha 16 de mayo de 2023; Que, mediante documento con Registro Nº 86554 de fecha 17 de setiembre de 2025, de la ASOCIACIÓN DE CONJUNTOS DE FOLKLORE DE ORURO, realiza la invitación a la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, a participar en el Lanzamiento del Carnaval 2026, en el año del Bicentenario de Bolivia, a realizarse el día 24 de octubre de 2025;Que, el evento “Lanzamiento del Carnaval de Oruro 2026” constituye una de las expresiones culturales más representativas de la región altiplánica y Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, reconocido por la UNESCO, lo que brinda un valioso espacio de integración y fortalecimiento de los lazos culturales entre los pueblos de Perú y Bolivia; Que, mediante informe Nº 8542-2025-GDESS/ MDCGAL de fecha 10 de octubre de 2025, el Gerente de Desarrollo Económico, Social y Seguridad concluye que, la participación de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa en el lanzamiento del carnaval de Oruro 2026, es técnica, administrativa y jurídicamente viable, al encontrarse alineada con las políticas institucionales de promoción cultural y turística, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de municipalidades y con la Ley Nº 27619 sobre viajes al exterior. (…). Por tal motivo, se considera pertinente que la comisión de servicios esté conformada por el Alcalde Distrital y el Gerente de Desarrollo Económico Social y Seguridad, en tanto su participación conjunta permitirá sustentar técnica y políticamente la representación institucional del distrito ante las autoridades bolivianas y organismos culturales internacionales, garantizando el adecuado cumplimiento de los fi nes institucionales y la articulación de futuros convenios de cooperación intermunicipal; Que, la participación del señor Alcalde Distrital y del Gerente de Desarrollo Social, Económico y Seguridad en dicho evento permitirá impulsar acciones de intercambio cultural, artístico y turístico, así como promover la presencia de delegaciones folklóricas de Oruro en la celebración del 25º Aniversario de Creación Política del Distrito Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, a celebrarse el próximo 02 de febrero de 2026; Que, mediante Informe Nº 2185-2025-SGP-GPP/ MDCGAL, de fecha 15 de octubre de 2025, la Sub Gerencia de Presupuesto, emite OPINION FAVORABLE a la Disponibilidad Presupuestal para la realización del viaje de comisión de servicios, siendo RATIFICADO por el Informe Nº 1062-2025-GPP/MDCGAL, de fecha 15 de octubre de 2025, por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Informe Nº 1581-2025-GAJ/MDCGAL de fecha 09 de octubre de 2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que legalmente está enmarcada la autorización de viaje al exterior del país (ORURO – BOLIVIA) del Sr Alcalde, y funcionario de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa (Gerente de Desarrollo Económico, Social y Seguridad), en merito a la invitación cursada por la ASOCIACIÓN DE CONJUNTOS DE FOLKLORE DE ORURO, mediante vía virtual, de fecha de recepción 17 de setiembre del 2025, para participar en el Lanzamiento de Carnaval 2026, en la CAPITAL DEL FOLKLORE DE BOLIVIA (ORURO), en cumplimiento de sus funciones representando a la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, ello de conformidad con el articulo 9º numeral 11 de la Ley Nº 27972, así como lo dispuesto en la DIRECTIVA Nº 001-2023-SGC-GA/MDCGAL “OTORGAMIENTO Y RENDICIÓN DE VIÁTICOS, PASAJES PARA LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES EN COMISIÓN DE SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA”; Que, dicha participación se enmarca en la política municipal de fortalecer la identidad cultural y promover la hermandad entre los pueblos andinos, contribuyendo a la proyección internacional de nuestro distrito; Que, estando a las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Ordenanza Municipal Nº 005-2015 - “Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa”, con voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; se dictó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR, EL VIAJE AL EXTERIOR DEL PAÍS DEL SR. ALCALDE DE LA