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60 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de octubre de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, se remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 9 de septiembre de 2025, suscrita por el abogado César Iván Gonzáles Méndez, fi scal provincial provisional del Distrito Judicial del Santa, actualmente Distrito Fiscal del Santa, designado en la Fiscalía Provincial Mixta de Conchuco - Pallasca, quien presenta su renuncia al cargo por razones estrictamente personales de salud. En su carta de renuncia, el citado abogado solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley para que la renuncia se haga efectiva a partir del 22 de septiembre de 2025, advirtiéndose que cuenta con la conformidad de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular N° 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 30 de septiembre de 2025, se advierte que el citado abogado registra 10 quejas en trámite por irregularidad en el ejercicio de sus funciones. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción ”. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe N° 0048-2025-MP- FN-OREF-EBRV de fecha 9 de octubre de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del abogado César Iván Gonzáles Méndez, con e fi cacia anticipada a partir del 22 de septiembre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por el abogado César Iván Gonzáles Méndez, como fi scal provincial provisional del Distrito Judicial del Santa, actualmente Distrito Fiscal del Santa, y su designación en la Fiscalía Provincial Mixta de Conchucos - Pallasca, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 1307-2012-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 29 de mayo de 2012 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con e fi cacia anticipada a partir del 22 de septiembre de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento al abogado César Iván Gonzáles Méndez que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2452901-4 Cesan por motivo de fallecimiento a fiscal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3280-2025-MP-FN Lima, 28 de octubre de 2025 VISTOS: El ofi cio N° 013258-2025-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 20 de octubre de 2025, e informe N° 0050-2025-MP-FN- OREF-EBRV, de fecha 21 de octubre de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1479-2024-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2024, se designó al abogado William Eloy Montes Malpartida, fi scal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 3° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Mira fl ores-Surquillo-San Borja. A través del o fi cio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, remite ante el sensible fallecimiento del abogado William Eloy Montes Malpartida, ocurrido el día 16 de septiembre de 2025, la copia del Acta de Defunción expedido por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, para fi nes de acreditación. El numeral 1 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece que el cargo de fi scal termina, entre otros, por muerte. Asimismo, el literal a. del artículo 182 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que, de acuerdo con la Ley, el término de la Carrera Administrativa se produce, entre otros, por fallecimiento. Por lo expuesto, estando a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, corresponde emitir el acto resolutivo que resuelva cesar en el cargo de fi scal al abogado William Eloy Montes Malpartida por motivo de fallecimiento, a partir del 16 de septiembre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Cesar por motivo de fallecimiento al abogado William Eloy Montes Malpartida, fi scal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 3° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Mira fl ores-Surquillo-San Borja, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N°