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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (29/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de octubre de 2025 El Peruano / y/o servicios de Bienestar Universitario exigidos por el Reglamento de Licenciamiento. Dicho informe deberá incluir el cronograma de actividades realizadas, la identi fi cación del personal responsable, un detalle del presupuesto ejecutado y demás elementos que garanticen la prestación efectiva de los servicios. Cuarto .- PRECISAR que, en atención al carácter permanente de la licencia institucional, la información y/o documentación a presentar para evidenciar la implementación de los requerimientos, debe corresponder al documento o instrumento normativo vigente a dicha fecha. Quinto.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que quede consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente hábil de su notifi cación. Sexto .- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 00004-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE del 17 de octubre de 2025, a la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, encargando a la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental realizar el trámite correspondiente. Séptimo .- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Octavo .- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y del Informe Técnico de Licenciamiento Nº 00004-2025-SUNEDU-DS-DIRESESU-UVE del 17 de octubre de 2025, en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu ( www. sunedu.gob.pe ), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL ENEMECIO CASTILLO VENEGAS Presidente del Consejo Directivo 1 Publicada en el diario oficial “El Peruano”, el 29 de setiembre de 2022. 2 Expediente 2024EXT0000028845-SUNEDU. 3 Expediente 2024EXT0000048486-SUNEDU. 4 Expediente 2025EXT0000007943-SUNEDU. 5 Expediente 2025EXT0000028633-SUNEDU. 6 Expediente 2025EXT0000037224-SUNEDU. 7 Expediente 2025EXT0000045920-SUNEDU. 8 Expediente 2025EXT0000051897-SUNEDU. 9 Según se estable en la Resolución de Consejo Directivo Nº 100-2022-SUNEDU/CD. 2452829-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de personal docente y no docente de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco para asistir a evento que se realizará en Costa Rica UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0974-2025- UNHEVAL Cayhuayna, 24 de octubre de 2025VISTOS, los documentos que se acompañan en veinte (20) folios; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; artículo concordado con la Ley 30220, Ley Universitaria y sus modi fi catorias, y el Estatuto de la UNHEVAL; Que mediante el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su Art. 2° establece que: “ la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos (…); asimismo, el Art. 4° señala: “ Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje (…)” . Que, mediante Resolución Consejo Universitario N° 2698-2025-UNHEVAL, del 10.SET.2025, se rati fi có la Resolución N° 0804-2025-UNHEVAL-FCE/CF, del 22.AGO.2025, de la Facultad de Ciencias de la Educación, que otorgó licencia por capacitación o fi cializada a la Dra. MERITH EVA BARDALES MENECES, docente adscrita al Departamento Académico Pedagógico de Ciencias Sociales y Humanidades, para participar como asistente en el XVI Simposio Internacional de Estudios Generales 2025, organizado por la Universidad Nacional de Costa Rica, a realizarse en Costa Rica; Que, mediante Resolución Rectoral N° 0772-2025-UNHEVAL, del 11.SET.2025, se resolvió, entre otros, conceder licencia por capacitación o fi cializada, a la Dra. Nancy Guillermina Veramendi Villavicencios, vicerrectora académica de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, para que participe en el XVI SIMPOSIO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS GENERALES 2025, organizado por la Universidad Nacional de Costa Rica, a realizarse en el país de Costa Rica; Que, mediante Resolución Directoral N° 0626-2025- DIGA/UNHEVAL, se otorgó encargo interno a favor de la Dra. Merith Eva Bardales Meneces, por el monto de S/ 11,610.00 para fi nanciar los gastos del personal docente y no docente, siendo Dra. Nancy Guillermina Veramendi Villavicencios, Dra. Merith Eva Bardales Meneces, y Econ. Diego Eyup Beteta Amancio, para su participación en el XVI SIMPOSIO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS GENERALES 2025, en la Universidad Nacional de Costa Rica, a llevarse a cabo en el país de Costa Rica, en mérito al Informe N° 000755-2025-UNHEVAL-UP; Que, mediante el O fi cio N° 000264-2025-UNHEVAL- DIGA, la directora de la Dirección General de Administración solicita la emisión de la resolución de autorización de viaje al exterior para los funcionarios y servidor: Dra. Nancy Guillermina Veramendi Villavicencios, Dra. Merith Eva Bardales Meneces, y Econ. Diego Eyup Beteta Amancio, con el fi n de que participen como asistentes en el XVI SIMPOSIO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS GENERALES 2025, en la Universidad Nacional de Costa Rica, que se llevará a cabo en el país de Costa Rica; Que el rector, con el Proveído N° 005596-2025-UNHEVAL-R., remite el caso a Secretaría General para que se emita la resolución rectoral; y, Estando a las atribuciones conferidas al rector por la Ley 30220, Ley Universitaria y sus modi fi catorias; por el Estatuto y el Reglamento General de la UNHEVAL; por la Resolución N° 067-2021-UNHEVAL-CEU, del 09.AGO.2021, del Comité Electoral Universitario de la UNHEVAL, que proclamó y acreditó, a partir del 02.SET.2021 hasta el 01.SET.2026, al rector y vicerrectores de la UNHEVAL; asimismo, teniendo en cuenta el O fi cio Nº 5224-2021-SUNEDU-02-15-02, emitido por la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), a través del cual informa el registro de datos de las autoridades de la UNHEVAL; Resolución Rectoral N°