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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (10/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de setiembre de 2025 El Peruano / Cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, a través del Memorando N° 2188-2025-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0195-2025-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización, mediante el cual emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos a que hace referencia el considerando precedente; Que, el artículo 14 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, dispone que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa, responsable de la conducción, coordinación y supervisión de la gestión de los sistemas administrativos a su cargo y de los órganos de administración interna del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en ese sentido, estando a la propuesta formulada por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, corresponde a la Secretaría General emitir el acto resolutivo respectivo; De conformidad con lo dispuesto por Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 658- 2021-MTC/01, y la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación del Personal Provisional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0023-2019- MTC/01, modificado por la Resolución Ministerial N° 0081-2020-MTC/01 y la Resolución Secretarial Nº 114- 2022-MTC/04, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Oficial “El Peruano”, así como la publicación de la Resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob. pe), y en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob. pe/mtc). Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO M. PALOMINO GARCÍA Secretario General 2436843-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada para la ejecución del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 236-2025-VIVIENDA Lima, 9 de setiembre de 2025 VISTOS: El Memorándum N° 1713-2025-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU y el Informe N° 028-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-CBM de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, el Memorándum N° 1607-2025-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0730-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, establece que tiene competencias en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, (en adelante, la Ley N° 32185), mediante la Resolución Ministerial N° 477-2024-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 225 119 825,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento; Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185 autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A. que incluye gastos administrativos; las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario oficial El Peruano; asimismo, el numeral 13.3 del mismo artículo dispone que, la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos; Que, con la Ley N° 31526, se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias como un mecanismo de atención temporal al damnificado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en estado de emergencia por decreto supremo; asimismo, en su artículo 7, se faculta al Fondo MIVIVIENDA S.A. a otorgar y administrar el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias y conducir el sistema de información de las operaciones del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, con la finalidad de controlar el proceso de manera objetiva y transparente; Que, mediante el Memorándum N° 1713-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, sustentado en el Informe N° 028-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-CBM, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo informa que se ha suscrito el Convenio N° 084-2025-VIVIENDA “Convenio para la ejecución del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias” entre el MVCS y el Fondo MIVIVIENDA S.A., por lo que, solicita se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., hasta por la suma de S/ 18 812 900,00 (DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES), destinada para la ejecución del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias; Que, con el Memorándum N° 1607-2025-VIVIENDA/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) remite el Informe N° 538-2025-VIVIENDA/ OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y