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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (10/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de setiembre de 2025 El Peruano / se aprobó el Instructivo “Declaración aduanera de mercancías (DAM)” INTA-IT.00.04 (versión 2), recodificado como DESPA-IT.00.04 por la Resolución de Intendencia Nacional Nº 07-2017/SUNAT/5F0000, que establece las pautas a seguir para la correcta declaración de mercancías en el documento aduanero denominado “Declaración aduanera de mercancías” utilizada para la destinación aduanera de los regímenes aduaneros; Que con Decreto Supremo Nº 193-2020-EF se modificó el Reglamento para la valoración de mercancías según el Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC, aprobado por Decreto Supremo Nº 186-99-EF con relación a la probanza del pago diferido de una mercancía; asimismo, con el Decreto Legislativo Nº 1529 se modificó la Ley Nº 28194, Ley de lucha contra la evasión y para la formalización de la economía, a fin de establecer un nuevo monto a partir del cual se deberá utilizar medios de pago; adicionalmente, la Cámara de Comercio Internacional incorporó en la publicación INCOTERMS 2020, el término DPU (Delivered at place unloaded); Que es necesario aprobar una nueva versión del citado instructivo a fin de adecuarlo a las modificaciones efectuadas por las normas antes mencionadas; Que el inciso c) del artículo 4 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2023-EF, dispone que la SUNAT tiene la función general de expedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificación de los trámites correspondientes a los regímenes aduaneros, así como normar los procedimientos que se deriven de estos; Que, por su parte, el inciso e) del artículo 14 del referido ROF señala que, es función de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas (SNAA) proponer los proyectos de políticas, normas y resoluciones en materia aduanera, cuando así lo disponga la legislación vigente; Que, en ese sentido, la SNAA remite, el proyecto de resolución de superintendencia que modifica el instructivo “Declaración aduanera de mercancías (DAM)” DESPA- IT.00.04 (versión 2), con la exposición de motivos que lo sustenta, con la finalidad de adecuar el instructivo a los cambios normativos antes mencionados y optimizar su trámite; Que de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso. Precisa el artículo 21 que la publicación del proyecto normativo se aprueba mediante resolución del titular de la entidad; Que, en ese orden de ideas, considerando que el proyecto de resolución de superintendencia que aprueba el instructivo antes citado y su exposición de motivos corresponden a una norma de carácter general, resulta necesario efectuar su publicación en forma previa a su emisión, a fin de recoger la opinión y comentarios de los operadores y del público en general, lo que coadyuvará a mejorar la propuesta normativa bajo comentario; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; y, en el inciso m) del artículo 10 de la sección primera del ROF de la SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica el Instructivo “Declaración aduanera de mercancías (DAM)” DESPA-IT.00.04 (versión 2), con su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de la SUNAT (www.sunat.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado desde el día calendario siguiente de la publicación de la presente resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general. Artículo 2.- Mecanismo de participación Disponer que los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general pueden ser presentados en las unidades de recepción documental de la SUNAT y en la Mesa de Partes Virtual-SUNAT; o, enviados a la siguiente dirección de correo electrónico: Larroyoo@sunat.gob.pe, con indicación del proyecto normativo; así como establecer que la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera se encuentra a cargo de su recepción, sistematización y análisis. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ HAYDEE LLERENA AYBAR Superintendente Nacional 2435992-1 Designan Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia de Tributos Internos Tumbes RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS Nº 000038-2025-SUNAT/700000 Lima, 5 de setiembre de 2025 DESIGNA EJECUTOR COACTIVO DE LA INTENDENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS TUMBES CONSIDERANDO: Que, a efectos de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Intendencia de Tributos Internos Tumbes, se considera necesario designar al Ejecutor Coactivo que se encargará de la gestión de cobranza coactiva de la citada Intendencia; Que, el artículo 114 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán cumplir los servidores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que, la servidora propuesta, según el Memorándum Nº 000310-2025- SUNAT/7B0000 emitido por la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos, cumple con los requisitos señalados en el Texto Único Ordenado del Código Tributario y Circular Nº 009-2005, por lo que procede designarla como Ejecutora Coactiva de la Intendencia de Tributos Internos Tumbes; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, no se aplica a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de la facultad conferida por el literal i) del artículo 12 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo Nº 040- 2023-EF y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la servidora SALLY ALICIA MORAN HERRERA como Ejecutor Coactivo