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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (12/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Viernes 12 de setiembre de 2025 El Peruano / Directora de la Dirección Técnico Normativa, del Director de la Dirección del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado, de la Jefa de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025-OECE-PRE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Aprobar la publicación del proyecto de Directiva de disposiciones sobre el uso del Cuaderno de Incidencias, su anexo y su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) (www.gob. pe/oece), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recoger los comentarios, aportes u opiniones conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Mecanismos de participación Disponer que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado en el artículo precedente son recibidos a través de la Mesa de Partes del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE), ubicada en Av. Punta del Este s/n Edi fi cio “El Regidor” Nº 108, Piso 1, Jesús María y la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE. Artículo 3.- Unidad de organización encargada Establecer que la Dirección Técnico Normativa y la Dirección del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado sean los encargados de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Artículo 4.- Remisión Remitir la presente Resolución, el proyecto normativo y la exposición de motivos que lo sustenta, al Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Presidenta EjecutivaPresidencia Ejecutiva 2437766-1 PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO Aprueban el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado RESOLUCIÓN Nº D000881-2025-JUS/PGE-PG San Isidro, 10 de setiembre del 2025VISTOS: Los Informes Nº D000482 y D000485-2025-JUS/ PGE-OPPM, emitidos por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Procuraduría General del Estado; y el Informe Nº D001208-2025-JUS/PGE-OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, se crea la Procuraduría General del Estado, como ente rector, a efectos de mantener y preservar la autonomía, uniformidad y coherencia en el ejercicio de la función de los/as procuradores/as públicos en el ámbito nacional, supranacional e internacional, así como fortalecer, uni fi car y modernizar la Defensa Jurídica del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1326, la Procuraduría General del Estado es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones, y constituye pliego presupuestal; Que, adicionalmente, el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1326, establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado, a cargo de los procuradores públicos, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; Que, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y modi fi catorias, regulan los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y, establece en su artículo 43 que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad que contiene sus competencias y funciones generales, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, de acuerdo a los artículos 44 y 45 de los citados Lineamientos de Organización del Estado, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en dos secciones: La Sección Primera, que se aprueba por Decreto Supremo y contiene los títulos que comprenden las disposiciones generales, así como las competencias y funciones de los órganos de primer y segundo nivel organizacional; y la Sección Segunda, que se aprueba por Resolución del Titular de la Entidad y contiene los títulos desde el tercer nivel organizacional en adelante; Que, el Anexo 1 “Glosario de Términos” de los citados Lineamientos de fi ne al Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones como el documento que consolida las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fi n de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización; para tal efecto, precisa, que se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del Texto Integrado hacer referencia al artículo correspondiente de la Sección Primera o Segunda del Reglamento de Organización y Funciones, aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente; Que, el artículo 44-A de los Lineamientos establece que, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, es elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces y debe contar con su visto y el de la O fi cina de Asesoría Jurídica para su publicación en el portal de transparencia de la entidad; el cual debe ser actualizado en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la publicación del Decreto Supremo o de la resolución del titular que modi fi que el ROF; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2020-JUS, de fecha 13 de julio de 2020, se aprobó la Sección