NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (12/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 54
54 NORMAS LEGALES Viernes 12 de setiembre de 2025 El Peruano / diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que la Defensoría del Pueblo proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2437732-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Jefa de la Oficina de Imagen Institucional de la Universidad Nacional de Piura a España para realizar estancia en la Universidad Politécnica de Valencia UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA Secretaría General RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 489-CU-2025 Piura, 1 de setiembre del 2025VISTO: El Expediente N° 000182-5301-25-9, que contiene el O fi cio N° 250-OCRI-UNP-2025 del 04.Jul.2025, que presenta el Dr. Wilmer Ahumada Rivera, Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, solicitando la autorización para el viaje al exterior de la Lic. Cynthia Zenaida Antón Campos, el otorgamiento de licencia con goce de haber, viáticos y otros. Asimismo, el Informe N° 0777-2025-UP´-OPYTO-UNP del 14.Jul.2025, O fi cio N° 0588-2025-UNP-URH-ANYC del 24.Jul.2025, el Informe Legal N° 1039-2025-OCAJ-UNP del 05.Ago.2025, el Ofi cio N° 3240-R-UNP-2025 del 13.Ago.2025, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, prescribe: “(…) Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes (…)”; Que, mediante Ley N° 13531 del 03.Mar.1961, fue creada la Universidad Nacional de Piura, cuya sede está ubicada en el Distrito de Castilla, Departamento de Piura, cuyos fi nes se encuentran estipulados en el Artículo 8° del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, Aprobado en Sesión Plenaria de Asamblea Estatutaria del 13.Oct.2014 (Ley N° 30220 - Ley Universitaria); Que, el Artículo 8° de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, prescribe: “(…) La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”; asimismo, los numerales 8.4 Administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fi nes de la institución universitaria, incluyendo la organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo y 8.5 Económico, implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer del patrimonio institucional, así como para fi jar el destino de sus recursos propios directamente recaudados, mani fi esta los regímenes de su autonomía; Que, conforme al O fi cio N° 250-OCRI-UNP-2025 del 04del Jul.2025, el Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales comunica al Titular del Pliego, que, con Resolución de Rectoral N° 0122-R-2025 se aprobó el registro y aprobación de la modi fi cación presupuestaria para el año 2025 por el importe de doscientos trece mil trece mil (S/. 213,000) para atender gastos de pasajes y viáticos por movilidad a nivel nacional e internacional, en virtud de los convenios suscritos por esta casa superior de estudios con diferentes universidades dentro y fuera del país Meta 14 : Servicio Educacionales Complementarios Clasificador de gastos : 2.3.2.11 Pasajes y Viáticos de transporte Importe : S/. 213,000.00 Asimismo, indica que la señorita Mgtr.Lic. Cynthia Zenaida Antón Campos, Jefa de la O fi cina de Imagen Institucional de la Universidad Nacional de Piura, postuló a la Convocatoria del Programa Ventus, resultando seleccionado para realizar una estancia corta de doce (12) días en el Área de Comunicación de la Universidad Politécnica de Valencia. El importe de la ayuda es de dos mil novecientos cuarenta euros (2,940.00 €) Al respecto, adjunto la documentación de participación de la señorita Antón Campos. En ese sentido, solicita en mérito a la Resolución N° 0122-R-2025, se otorgue pasajes ida y vuelta Piura-Lima-Madrid, Madrid-Lima-Piura y viáticos internacionales a la Mgtr. Cynthia Zenaida Antón Campos, a partir del 03 al 15 de octubre del 2025. Que, mediante Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, que irroguen gasto al Tesoro Público. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM (Modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM), se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señalando lo siguiente: - “Sobre el Ámbito de la Aplicación de dichas normas, se tiene que el Art. 1° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, indica que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. - Contenido del Acto de Autorización; conforme al Art. 2° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…) Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad. - Publicidad; conforme al Art. 4° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, las Resoluciones de autorización de viaje, deberán publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje. - Escala de viáticos; conforme al Art. 5° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM (artículo modi fi cado por el D.S. N° 056-2013-PCM), Los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas, de la escala siguiente: Escala de viáticos por zonas geográ fi cas (En US$) (…) Europa $ 540,00