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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (24/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de setiembre de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga de sus veces en el pliego involucrado instruye a la unidad ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. A los veintitrés días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del EmpleoEncargado del despacho del Ministerio deEconomía y Finanzas 2441712-1 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor del Gobierno Regional de Moquegua DECRETO SUPREMO N° 202-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de la inversión, incluyendo proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, considerados en el artículo 2 de la Ley N° 32103 en ejecución, e intervenciones de mantenimiento; Que, asimismo, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, establece que las modi fi caciones presupuestarias a las que se re fi ere el numeral 17.1 del citado artículo, se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, debiendo contar en el caso de los gobiernos regionales, con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta del titular de la entidad solicitante; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el O fi cio N° 549-2025-GRM/ GR, el Gobierno Regional de Moquegua solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 44 645 040,00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y 00/100 SOLES), a su favor, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la continuidad de la ejecución de catorce (14) proyectos de inversión en materia de Salud, Educación, Transportes y Agricultura, en el marco de lo establecido en el literal a) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 2508-2025-GRM/GGR/GRPPAT-SPRE de la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del citado Gobierno Regional con los sustentos correspondientes; y, los O fi cios N°s 0579, 0648, 0667 y 0669-2025-EF/63.04 con los Informes N°s 0427, 0509, 0530 y 0533-2025-EF/63.04, respectivamente, de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, con las opiniones técnicas favorables sobre los citados proyectos de inversión; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 44 645 040,00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Gobierno Regional de Moquegua, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 44 645 040,00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional de Moquegua, para fi nanciar los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la continuidad de la ejecución de catorce (14) proyectos de inversión en materia de Salud, Educación, Transportes y Agricultura, en el marco de lo establecido en el literal a) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el