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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (28/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Domingo 28 de setiembre de 2025 El Peruano / del Circulante, del 30 de setiembre al 3 de octubre de 2025 a la ciudad de Guatemala, Guatemala, y el pago de los gastos, a fi n de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 773,62 Viáticos US$ 940,00 TOTAL US$ 1713,62 Artículo 3°.- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2433381-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban servicios no exclusivos prestados por la Unidad de Recursos Humanos y la Sub Unidad de Remuneraciones y modifican el Tarifario de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN N° CU -454-2025- UNSAAC Cusco, 27 de junio de 2025EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el O fi cio N° 563-2024-OPP-UNSAAC, registrado con Expediente N° 696681, cursado por la JEFE DE LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO de la Institución, solicitando modi fi cación de la Resolución N° CU-142-2023-UNSAAC e incorporar nuevos servicios No Exclusivos en el Tarifario de la UNSAAC, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, indica: El estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, y se mani fi esta en los siguientes regímenes: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, a través de la Resolución N° CU-142-2023- UNSAAC de fecha 05 de mayo de 2023, se aprobó el Tarifario de servicios no exclusivos.2023 Modi fi cado de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco; Que, mediante expediente del Visto, el JEFE DE LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO de la Institución, en atención al O fi cio N° 1990-2024-URH/ DIGA-UNSAAC, cursado por la Lic. Miriam Roxana Siancas Valdarrago, Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, solicita la incorporación en el Tarifario de la Institución los servicios no exclusivos brindados por la Unidad a su cargo y la Sub Unidad de Remuneraciones, que en anexo forma parte de la presente Resolución, así como la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de transparencia Institucional; Que, la Unidad de Modernización, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, con O fi cio N° 153-2024- UM/OPP-UNSAAC, en el marco de su competencia y funciones opina favorablemente por la incorporación en el Tarifario de la Institución de los servicios no exclusivos prestados por la Unidad de Recursos Humanos y la Sub Unidad de Remuneraciones siguientes: 1) Duplicado de boleta de pago de remuneraciones por boleta. 2) Informe o extracto remunerativo y/o descuento judicial. 3) Certi fi cado de ingresos y retenciones. 4) Duplicado de constancia de Prácticas Preprofesionales y Profesionales. 5) Duplicado de Fotochect para el personal docente y administrativo. 6) Duplicado de Certi fi cado de Trabajo para personal docente y administrativo; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 43.4 del artículo 43° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019- JUS señala: “para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60° de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, en consecuencia, resulta necesario la incorporación de los servicios No Exclusivos en el tarifario de la Institución, prestados por la Unidad de Recursos Humanos y la Sub Unidad de Remuneraciones, para incluir en la nómina de cobros de la Sub Unidad de Tesorería, de la Unidad de Finanzas, que contribuirá en asegurar los ingresos provenientes de servicios No Exclusivos; Que, el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria realizada el día 23 de abril de 2025, luego de las deliberaciones correspondientes, aprobó por unanimidad, la incorporación en el Tarifario de la Institución de los servicios no exclusivos prestados por la Unidad de Recursos Humanos y la Sub Unidad de Remuneraciones; en consecuencia, deberá procederse a la emisión de la resolución correspondiente; Estando a lo referido, al acuerdo adoptado por el Honorable Consejo Universitario, y en uso a las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria 30220 y Estatuto de la UNSAAC; RESUELVE: Primero.- APROBAR los servicios no exclusivos prestados por la Unidad de Recursos Humanos y la Sub Unidad de Remuneraciones siguientes: 1) Duplicado de boleta de pago de remuneraciones por boleta. 2) Informe o extracto remunerativo y/o descuento judicial. 3) Certi fi cado de ingresos y retenciones. 4) Duplicado de constancia de Prácticas Preprofesionales y Profesionales. 5) Duplicado de Fotochect para el personal docente y administrativo. 6) Duplicado de Certi fi cado de Trabajo para personal docente y administrativo. Segundo.- MODIFICAR el TARIFARIO DE LA INSTITUCIÓN aprobado con Resolución N° CU- 142-2023-UNSAAC de fecha 05 de mayo de 2023, INCORPORANDO LOS SERVICIOS NO EXCLUSIVOS PRESTADOS POR LA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS Y LA SUB UNIDAD DE REMUNERACIONES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO, documento que en anexo constituye parte de la presente Resolución. Tercero.- DISPONER que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución a través de la Unidad de Modernización, integre al TARIFARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO, LOS SERVICIOS NO EXCLUSIVOS PRESTADOS POR LA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS Y LA SUB UNIDAD DE REMUNERACIONES, y difunda a las Unidades Orgánicas de la UNSAAC. Cuarto.- DISPONER, que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución, en coordinación con la Jefatura de la Unidad de Modernización, proceda a la difusión del Tarifario aprobado por la presente Resolución. Quinto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme al numeral 44.3 del Texto Único Ordenado de la Ley No