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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (28/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Domingo 28 de setiembre de 2025 El Peruano / Que, mediante O fi cio N° 457-2025-VRAC-UNSAAC, de fecha 08 de agosto de 2025, el Vicerrectorado Académico emite opinión favorable otorgando licencia con goce de haber a favor del docente ordinario Dr. Dino Lucio Quispe Guzmán, con la fi nalidad de que asista a una estancia de capacitación y desarrollo personal en Difracción de Rayos X: uso, aplicaciones e interpretación de resultados, a realizarse en el Departamento de Ciencias de la Tierra, en el país de España, del 29 de septiembre al 11 de octubre de 2025; Que, obra en el expediente la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000002509, de fecha 15 de agosto de 2025, que indica la existencia de disponibilidad presupuestal para atender lo solicitado, la cual, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución; Que, la petición ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el 03 de agosto de 2025, siendo aprobada por unanimidad, disponiendo se emita la Resolución correspondiente; Que, a la fecha, en lo concerniente a la ejecución del gasto público, se encuentra vigente la Ley N.° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; así como la Ley N.° 27619, que regula los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la cual se encuentra reglamentada por el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; siendo estas normas legales de cumplimiento obligatorio, las cuales establecen procedimientos rigurosos para la autorización y ejecución de dichos fi nes; Que, al respecto, el Artículo 1° de la Ley N° 27619 establece expresamente que los viajes al exterior de los servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo, el Artículo 3° de la referida ley señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; y, Estando al acuerdo del Consejo Universitario; Ley N° 32185 Ley de Presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2025, Ley 27619, D.S. 047-2002-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario. RESUELVE: Primero.- CONCEDER licencia con goce de haber y asignación de fondos al Dr. Dino Lucio Quispe Guzmán, docente ordinario en la categoría de profesor auxiliar a tiempo completo del Departamento Académico de Química de la Facultad de Ciencias Químicas, Físicas y Matemáticas, para realizar una estancia de capacitación en la Universidad de Huelva – España, en el marco del proyecto de equipamiento titulado “Fortalecimiento del Laboratorio de Investigación: Análisis Geoquímico Ambiental (AGA) para la Caracterización Química y Morfológica de Recursos Naturales, Uso Sostenible y Conservación – Región Cusco”, a desarrollarse en la ciudad de Huelva – España, desde el 29 de septiembre hasta el 11 de octubre de 2025. Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración de la UNSAAC, ASIGNAR FONDOS a favor del docente Dr. Dino Lucio Quispe Guzmán, traducido en lo siguiente: - Hospedaje, alimentación y movilidad local durante la estancia de capacitación en la Universidad de Huelva - España, del 29 de septiembre al 11 de octubre de 2025. - Pasajes aéreos (Cusco - España - Huelva; y, Huelva - España - Cusco). - Publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Tercero.- EL EGRESO que se origine por la aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N°0000002509, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del bene fi ciario de presentar ante la Dirección General de Administración el Formato N° 1 – Declaración de Compromiso. Asimismo, está en la obligación de presentar la rendición de cuentas documentada, sustentada con los comprobantes de pago correspondientes (facturas, boletas de venta y/o electrónica, tickets, boletos de viaje, y declaración de gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de comisión de servicio), cuyo monto máximo permitido para dichos gastos diversos será hasta el 20% del total autorizado, mientras que el 80% restante deberá sustentarse con gastos de alimentación y alojamiento, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco – UNSAAC, por concepto de alimentación, alojamiento y/o movilidad local. La rendición de cuentas deberá ser presentada en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de retorno a la ciudad del Cusco. Vencido dicho plazo, la institución dará por no presentada la rendición de cuentas. El Formato N° 3 deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional area.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, indicando en el asunto: “Rendición de Cuentas – RESOLUCIÓN N° … – NOMBRE DEL BENEFICIARIO”. Los formatos N° 02, 03 y 04, aprobados mediante Resolución N° CU-309-2020-UNSAAC, de fecha 10 de septiembre de 2020, serán proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración. Finalmente, el bene fi ciario deberá presentar informe ante el Despacho Rectoral. Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 6.1.6.3 de la Directiva para Autorización de Viajes y Otorgamiento de Viáticos por Comisión de Servicio dentro y fuera del País de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución N° CU-0309-2020-UNSAAC. Sétimo.- DISPONER que la unidad de Red de Comunicaciones de la Institución, publique la presente Resolución en la página web de la UNSAAC: www. unsaac.edu.pe. La Dirección General de Administración, adoptará las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector 2438071-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Autorizan viaje de asesora de la Jefatura Nacional a Suecia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000152-2025-JN/ ONPE Lima, 25 de setiembre de 2025 VISTOS: El Correo de fecha 8 de julio de 2025, suscrito por la O fi cial Adjunta del Programa Procesos Electorales del Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA Internacional); O fi cio Nº 000634-2025-JN/ONPE, de la Jefatura Nacional; así, como el Informe Nº 000486-2025-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la