NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (29/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Lunes 29 de setiembre de 2025 El Peruano / actividades relacionadas con el cálculo de las reservas técnicas. Dicha subcontratación debe ser considerada como signi fi cativa y está sujeta a lo establecido en el Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos. 14.3 En caso de subcontratación de la función de gestión de riesgos técnicos o para el desarrollo de las funciones de las áreas técnicas operativas, la Caja de Bene fi cios debe asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones que establece el presente Reglamento. Se debe designar al personal de la Caja de Bene fi cios con la idoneidad técnica para asumir la responsabilidad sobre la función subcontratada y que pueda evaluar los resultados del proveedor de servicios. 14.4 La Caja de Bene fi cios no puede subcontratar al mismo proveedor de servicios para la función de gestión de riesgos técnicos y para las funciones de las áreas técnicas operativas. Artículo 15.- Sistemas de información y/o herramientas informáticas adecuadas La Caja de Bene fi cios debe disponer de sistemas de información y/o herramientas informáticas que estén sufi cientemente preparadas para los procedimientos actuariales y estadísticos, y que los mismos estén adecuadamente interconectados con aquella información necesaria para la realización de las actividades de las áreas técnicas operativas y la función de gestión de riesgos técnicos, acorde con la naturaleza, volumen y complejidad de dichos riesgos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Única.- Plan de Adecuación La Caja de Pensiones Militar Policial debe remitir a la Superintendencia, dentro de los noventa (90) días siguientes a la publicación de la presente Resolución, un plan de adecuación y diagnóstico sobre el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento. El plan de adecuación debe ser aprobado por el Directorio u órgano equivalente. La Superintendencia establecerá el plazo de adecuación, en base al diagnóstico presentado por la Caja de Pensiones Militar Policial. En caso la Caja de Pensiones Militar Policial decida subcontratar a un tercero para la implementación del plan de adecuación y considere necesario subcontratar los servicios de este para la función de gestión de riesgos técnicos o para las funciones de las áreas técnicas operativas, solo lo podría realizar cuando haya concluido la etapa de implementación del citado plan.” Artículo Segundo.- Modi fi car el numeral 5 en el Anexo N° 1 “Relación de principales funcionarios” de la Circular N° G-213-2021, referida a las “Normas para el Registro de Directores, Gerentes y Principales Funcionarios – REDIR”, de acuerdo con el siguiente texto: “5. Funcionario titular de la función actuarial (aplicable a empresas de seguros) o funcionario titular de la función de gestión de riesgos técnicos (aplicable a cajas de bene fi cios y derramas), en caso de no tener nivel de gerente”. Artículo Tercero .- La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2441847-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES