NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (29/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Lunes 29 de setiembre de 2025 El Peruano / Exteriores, se ha modi fi cado su retorno a la ciudad de Lima, República del Perú; Que, en consecuencia, resulta necesario modi fi car el itinerario de retorno del referido funcionario diplomático; y, en consecuencia, resulta necesario modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0587-2025-RE, de 9 de setiembre de 2025, respecto al monto de pasajes a favor del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Félix Ricardo Americo Antonio Denegri Boza, Viceministro de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516- 2025-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0587-2025-RE, de 9 de setiembre de 2025, conforme al siguiente tenor: “Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Metas (284) 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, (83) 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior – América y (331) 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior - América del Sur; y, Códigos POI: AOI00004500014: “Garantizar Permanentemente la Gestión del Despacho Viceministerial”, AOI00004500025: “Gestión de la Dirección General de América” y AOI00004500234: “Fortalecimiento de las Relaciones para la Integración y la Cooperación con los Países de Sudamérica”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal viáticos (USD) Félix Ricardo Americo Antonio Denegri Boza1,947.80 370.00 2 740.00 Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas770.21 370.00 2 740.00 Raúl Alberto Hidalgo Gallegos770.21 370.00 2 740.00 ” Artículo 2.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 0587-2025-RE, de 9 de setiembre de 2025, en todo aquello que no se oponga a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2440909-1 Autorizan viaje del Viceministro de Relaciones Exteriores a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0630-2025-RE Lima, 19 de setiembre de 2025VISTOS: La Hoja de Trámite (GAC) N° 4090 del Despacho Viceministerial, de 11 de setiembre de 2025; el Memorándum N° OPP023952025, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 19 de setiembre de 2025, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestal al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP028422025 de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 19 de setiembre de 2025; CONSIDERANDO: Que, la XXXI Reunión Ordinaria del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (CAMRE); y, la LVII Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en forma ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina (CAMRE Ampliado) se realizará en las instalaciones del Palacio de San Carlos, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 30 de setiembre de 2025; Que, en la XXXI CAMRE, se abordarán temas como la aprobación de la Decisión que otorga a la República Popular China el estatus de País Observador; la reforma de la Decisión 459, Reglamento del Grupo de Alto Nivel de Integración y Desarrollo Productivo (GANIDF); la expedición de la Decisión sobre la reactivación del Consejo Andino Asesor de Altas Autoridades de la Mujer e Igualdad de Oportunidades; la expedición de la Decisión sobre la adopción del Plan de Acción 2025-2030 del Comité Andino de Minería Ilegal; la aprobación del Reglamento del Comité Ejecutivo del “Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos”; el lanzamiento de la Plataforma Regional de Información Migratoria; y la presentación del informe de gestión del Grupo de Alto Nivel (GAN), creado mediante la Decisión 922. Asimismo, se prevé la expedición de la Decisión de creación del Comité de Coordinadores del CAMRE, entre otros; Que, en la LVII CAMRE Ampliado, se revisarán: la reforma de la Decisión 666, relativa a la participación de la República de Chile en los órganos, mecanismos y medidas de la Comunidad Andina (CAN), en su condición de País Miembro Asociado; la decisión referente a la solicitud de la República de Chile sobre su incorporación al marco regulatorio para la interconexión subregional de sistemas eléctricos e intercambio intracomunitario de electricidad (Decisión 816) y sus respectivos reglamentos; la presentación del Informe de Reingeniería de la Comunidad Andina; el informe de gestión de la Presidencia Pro Tempore (PPT) de Colombia; la intervención del Secretario General de la Comunidad Andina respecto al estado de situación de la CAN y el balance del segundo año de gestión, así como las perspectivas para el siguiente año; la propuesta de Declaración de la LVII Reunión del CAMRE Ampliado; el traspaso de la PPT de la CAN a Ecuador; así como la presentación de la propuesta del Plan de Trabajo de la PPT ecuatoriana; Que, teniendo en consideración la importancia de los referidos eventos, se considera necesaria la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Félix Ricardo Americo Antonio Denegri Boza, Viceministro de Relaciones Exteriores; Que, por razones de itinerario, el viaje del referido funcionario diplomático, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se realizará del 29 de setiembre al 1 de octubre de 2025; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516- 2025-RE;